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PEDRO SANCHEZ RECULA ANTE EL FASCISMO

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ESTE "GAZA" LLEGA DEL CIELO POR LOS MISMOS QUE LO HACEN LLEGAR DESDE TIERRA

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ESTE ES EL CUADRO DE HIENAS Y CHACALES DE LA "CIVILIZACION OCCIDENTAL" POR EL QUE VOTAN LAS GENTES:


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LAS NEUROCIENCIAS ATACAN LA LUCHA DE CLASES

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ESPAÑA: EL GRAN HISTORICIDIO

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EL PAPA 'FRANCISCO' SE CONFIESA

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BOTELLAS HECHAS DE OTRAS BOTELLAS, HUMANOS HECHOS DE OTROS HUMANOS

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LOS DERECHOS HUMANOS BAJO LOS ESCOMBROS ESTAN MAS DERECHOS

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ISRAEL ATACA EL CONSULADO DE IRAN EN DAMASCO

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EL TERRORISMO IMPERIALISTA ACERCANDONOS AL ABISMO-Pinchar en la Imagen y SCROLL DOWN

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ATILIO BORÓN ANALIZA LAS ELECCIONES EN RUSIA SACANDONOS DEL BURDO ENGAÑO


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SI OMITIERAMOS ESTOS HORROROSOS CRIMENES, PARTICIPARIAMOS EN ELLOS, "PARTICEPS CRIMIS"

"NOT FOUND"... ¡MENTIRA!...ES QUE NO QUEREIS QUE VEAMOS EL INFINITO DOLOR QUE ESTAIS CAUSANDO! ARRIBA, PINCHAR EN ESTO: pic.twitter.com/XGlL5BYLTt Y DESPUES: View

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GAZA: ARCOIRIS APAGADO: LA LUZ HAN ASESINADO

¿Quedará todo Impune y nunca más podrán los pájaros volar? "Facit indignation versum"

FREE WORLD TOUR AND COLLAGE

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EL GRAN INFANTICIDIO

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AL GRANO: THE "AMERICAN LEADERSHIP" TIENE QUE SER PARADO O "LOS DAÑOS COLATERALES" SERAN EL COLAPSO

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LOS DAÑOS COLATERALES DE UNA GUERRA NUCLEAR SON LA HUMANIDAD


Fidel leyéndoselo a Michel Chossudovsky cuándo se entrevistaron en La Habana en el 2010

...¿SOMOS AUN CURABLES? NO, POR ESTO:

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¿DONDE EMPIEZA AUSCHWITZ? RESPUESTA: EN GAZA

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POR QUÉ ASESINÓ EL FRANQUISMO A LORCA

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"La situación del capitalismo hoy en día no es solamente una cuestión de crisis económica y política, sino UNA CATASTROFE DE LA ESENCIA HUMANA que condena, meramente, cada reforma económica y política a la futilidad e incondicionalmente DEMANDA UNA TOTAL REVOLUCION" Herbert Marcuse, 1932 (Acotado de: "Marx, Freud, and the Critique of Everyday Life", Bruce Brown; p. 14.) ¿Qué hubiese dicho hoy, 89 años después?

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¿HACIA LA IZQUIERDA O HACIA EL "SPREADING FREEDOM AROUND THE WORLD" DE LA DERECHA?




"UN SISTEMA ECONÓMICO CRUEL


AL QUE PRONTO HABRÁ

QUE CORTARLE EL CUELLO"

Federico García Lorca ('Poeta en Nueva York')

¡ QUÉ GRAN VERDAD !
PORQUE FUÉ ESE MISMO
SISTEMA ECONÓMICO CRUEL,
PRECISAMENTE,
¡ EL QUE LE CORTÓ EL CUELLO A ÉL !


Thursday, May 18, 2023

HOY, 18 DE JULIO, HACE 83 AÑOS: DIA DE LA INFAMIA: HOMENAJE A LAS VICTIMAS Y DENUNCIA DE LOS IMPUNES EJECUTORES DE LOS CRIMENES DE LESA HUMANIDAD (VIDEO)



CONTRA LOS CRIMENES DEL ÇAPITALISMO,
NI OLVIDO NI PERDON

(El Fasçismo no es nada más 
que Çapitalismo al Desnudo)

"La tarea del escritor, por definición, 
no puede ponerse hoy al servicio 
de quíenes hacen la história: 
tiene que estar al servicio 
de quíenes la padecen"
Albert Camus
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Viernes, 31 de octubre de 2014
Por Crimenes de Lesa Humanidad, la jueza argentina, Servini de Cubría, ordenó la detención de 20 imputados por crímenes cometidos durante el franquismo. Por orden de la jueza, titular del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal N° 1 de Buenos Aires, 
la sección argentina de INTERPOL ha cursado una comunicación "muy urgente" a su oficina en Madrid a la que le encomendó el arresto preventivo de los imputados con fines de extradición, a efectos de recibirles declaración indagatoria


I) SOLICITA DETENCIÓN
Mediante la presente se solicita la detención preventiva con fines de extradición de: 

I- ANTONIO CARRO MARTÍNEZ

 II- LICINIO DE LA FUENTE

 III- ANTONIO BARRERA DE IRIMO

 IV- JOSÉ MARÍA SANCHEZ- VENTURA PASCUAL

V- ALFONSO OSORIO GARCÍA

 VI- JESÚS QUINTANA SARACIBAR

VII- CARLOS REY GONZALEZ

 VIII- ANTONIO TRONCOSO DE CASTRO

 IX- JOSE UTRERA MOLINA

X-FERNANDO SUAREZ GONZALEZ

XI-JESUS CEJAS MOHEDANO
No hemos encontrado
la cara de éste delincuente

XII-RODOLFO MARTÍN VILLA

XIII-JESUS GONZALEZ REGLERO

XIV-RICARDO ALGAR BARRON


XV- FÉLIX CRIADO SANZ

Otro delincuente sin hallar

XVI- PASCUAL HONRADO DE LA FUENTE
Otro

 XVII- JESÚS MARTÍNEZ TORRES


 XVIII- BENJAMÍN SOLSONA CORTÉS


XIX- ATILANO DEL VALLE OTER
Otro mas al que no pudimos
verle la cara

XX-ABELARDO GARCIA BALAGUER

 A éste, como ginecólogo,
 lo vamos a poner con su herramienta de trabajo:
los recien nacidos.
Miles de niños fueron robados
como el que roba en el mercado una lata de atún.
Y al igual que la lata de marras nada pasó.

AJGUNOS DE ESTOS CRIMINALES HAN FALLECIDO,
POR DIOS Y POR LA PATRIA,
POR LO QUE SERA LA INTERPOL CELESTIAL
LA QUE SE ENCARGUE DE ELLOS.

:::::::::::::::::::::::::::::::

Poder Judicial de la Nación JUZGADO CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL 1 CFP 4591/2010 

Con fecha 29 de abril de 2.010, el Titular de la Fiscalía Nacional en lo Criminal y Correccional Federal Nro. 6, Dr. Federico Delgado, dictaminó a fs. 67/71, que debía desestimarse las presentes actuaciones por imposibilidad de proceder (artículo 180 del Código Procesal Penal de la Nación).- Esgrimió en su dictamen el Representante de la Vindicta Pública que el principio universal en materia penal se conoce desde hace más de dos siglos, encontrándose receptado en nuestra Constitución desde 1.853 (en su actual artículo 118) y obliga a la República no sólo en razón del derecho internacional consuetudinario sino en virtud de varios tratados internacionales ratificados por nuestro país. 

Que el mismo tiene carácter subsidiario, o sea, que cualquier país está habilitado para juzgar los crímenes contra la humanidad, pero a condición que no lo haya hecho el país al que incumbía el ejercicio de la jurisdicción conforme al principio de territorialidad.

 Que la jurisdicción es un atributo de la soberanía y que ésta, en nuestro sistema emana del pueblo. En consecuencia, el principio universal deviene operativo cuando un Estado no ha ejercido su soberanía y, por ello, los restantes estados de la comunidad internacional quedan habilitados para hacerlo (voto del Dr. Zaffaroni en el fallo “Simón, Julio Héctor y otros s/ privación ilegítima de la libertad” resuelto por la Corte Suprema de Justicia de la Nación el 14 de junio de 2.005).- 

Que esta nota característica y esencial del principio de jurisdicción internacional –su aplicación subsidiaria- está claramente prevista en el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional.- Que la amnistía del 14 de octubre de 1.977 no contempla los delitos de genocidio, crímenes contra la humanidad ni, en particular, los delitos continuados de secuestro, dentro y fuera de España, de niños de familias republicanas y su entrega a familias franquistas, ni las detenciones –desapariciones forzosas, etc..- 

Que esta ley no impide que los Tribunales españoles investiguen estos crímenes y juzguen a sus responsables de conformidad con las obligaciones que les impone el derecho internacional. 

Que ello significa que los tribunales españoles no tuvieron ni tienen traba legal alguna para investigar los crímenes de lesa humanidad cometidos durante el régimen franquista.- 

Que los propios denunciantes reconocían que en el Reino de España era factible investigar estos hechos judicialmente, porque no están incluidos en el pacto que generó la salida negociada hacia la democracia y que también los propios denunciantes admitían que habían procesos judiciales en curso, procesos cuyo avance no era nítido pero que estaban en trámite.- 
(...)

Descripción física de los reclamados: no se tiene.-
A los fines de someter a proceso a los reclamados, por
los delitos del artículo 80, inciso 6° del Código Penal (homicidio
con la circunstancia agravante de haber sido cometido con el
concurso premeditado de dos o más personas); artículo 144ter. del
Código Penal de la Nación, y artículo 146 del Digesto de fondo,
dichas conductas debe conjugarse en el caso concreto con lo
dispuesto respecto de la participación criminal en el Título VII del
Libro I del Código Penal, en especial, en el artículo 45, (ya sea que
se los considere coautores, autores mediatos, cooperadores
necesarios o inductores).-

II) IDENTIFICACIÓN DEL PROCESO:
Causa N° 4591/2010 (A-12.447).-
Carátula: “Galván Abascal Celso y otros s/ imposición
de torturas…”.-

III) HECHOS QUE SE INVESTIGAN:
La posible comisión de hechos atroces de lesa
humanidad, entre los que se cuentan torturas, asesinatos,
desapariciones forzadas de personas y sustracción de menores,
delitos tipificados en el Código Penal: homicidio (art. 79),
homicidio agravado (art. 80, incisos 2°, 4°, 6° y 9°), privación
ilegal de la libertad calificada por la aplicación de torturas (144 bis
inciso 1°, en función del 142 inciso 1° y 5°, 144 ter. primer
párrafo) y sustracción de menores art. 146, y demás ilícitos que se
desprendan de la presente pesquisa, cometidos en España en el
período comprendido entre el 17 de julio de 1.936 y el 15 de juniode 1.977, fecha de las primeras elecciones parlamentarias libres y pluralistas desde las del 16 de febrero de 1.936, de los que
resultaran víctima, entre otros, Severino Rivas Barja, quien habría sido asesinado por los falangistas en Portomarín el 29 de octubre de 1936, Elías García Holgado –habría sido fusilado en Salamanca el 5 de julio de 1937 luego de un proceso sumarísimo en el que fue condenado por “adhesión a la rebelión”-; Luis García Holgado – habría sido fusilado en la carretera de Baños de Montemayor el 21 de septiembre de 1.936- , Vicente García Holgado - se encontraría desaparecido-; Silvia Carretero Moreno y José Luis Sánchez Bravo Solla; extensibles a decenas de miles de personas asesinadas en las semanas que siguen al 17 de julio de 1.936 por el grupo de oficiales militares alzados, la Falange Española y otras organizaciones a fines de apoyo a la insurrección, en lo que constituyó un plan sistemático, generalizado, deliberado y planificado de aterrorizar a españoles partidarios de la forma representativa de gobierno, a través de la eliminación física de susmás representativos exponentes.  A los reclamados en especial: 

I
 Hechos que habré de imputarle a 
ANTONIO CARRO MARTINEZ

Haber convalidado con su firma la sentencia de muerte por
garrote vil de Salvador Puig Antich, producida el 2 de marzo de
1.974 y, también la de los últimos fusilamientos del régimen
franquista el 27 de septiembre de 1.975, en las ciudades españolas
de Madrid, Barcelona y Burgos, en las que fueron ejecutados José
Humberto Baena Alonso, José Luís Sánchez Bravo Sollas, Ramón
García Sanz, Juan Paredes Manot, y Ángel Otaegui Echeverría.-
 Constancias probatorias :

1. Presentación de los Dres. Huñis y Castex, obrante a fs.
2451/2475 que da cuenta que Vladimiro Fernández Tovar, titular
del DNI n° 5.213.495-Q, denunció que fue detenido en el mes de
julio de 1975, en Madrid y conducido a la Dirección General de
Seguridad, acusado de ser miembro del Frente Revolucionario
Antifascista y patriota, grupo a quien se le imputó una muerte de
un policía. Allí fue torturado, apaleado y amenazado de muerte por parte del COMISARIO ROBERTO CONESA Y CARLOS
DOMINGUEZ SANCHEZ.   El 25 de julio lo trasladaron a la
Prisión Provincial de Carabanchel (Madrid) y lo encerraron en las
celdas preventivas bajas o celdas de castigo hasta finales de agosto.
Señaló que el instructor de su sumario fue el COMANDANTE
MARIANO MARÍN BENAVIDES.  Señaló que el tribunal militar
se constituyó el 12 de septiembre en el acuartelamiento de El
Goloso, a unos 14 km de Madrid. Señaló distintas irregularidades
en el juicio. El tribunal militar estaba integrado por el Coronel de
Infantería FRANCISCO CARBONELL CADENAS DE LLANO,
Capital Auditor y vocal ponente JESÚS CEJAS MOHEDANO,
Vocales Capitán JOSE REY MORA, Capitán ANGEL URQUIJO
QUIROGA, Capitán JUAN GARCIA SARO, Fiscal Teniente
Coronel RAMÓN GONZÁLEZ ARNAO.-

El 26 de septiembre se reunió el Consejo de Ministros
que dio “el enterado” a cinco penas de muerte: José Humberto
Baena Alonso, José Luis Sánchez Bravo Sollas, Ramón García
Sanz, Juan Paredes Manot y Ángel Otaegui Echeverría. A su vez,
fueron indultados José Antonio Garmendia Artola, Concepción
Tristán López, María Jesús Dasca Panelas, Manuel Cañaveras de
Garcia, Manuel Blanco Chivite y Vladimiro Fernández Tovar,
quien permaneció detenido en la prisión de Carabanchel hasta
mediados de mayo de 1976, luego trasladado al Puerto de Santa
María donde recupero su libertad el día 8 de noviembre de 1977.-

Los miembros del Consejo de Ministros que aún viven
son: JOSE GARCIA HERNANDEZ, FERNANDO SUAREZ
GONZALEZ, ANTONIO CARRO MARTINEZ Y JOSE MARIA
SANCHEZ-VENTURA PASCUAL.-

2. Denuncia de Mercona Puig Antich de fs. 1962/2016
y declaración testimonial, de fecha 3 de diciembre de 2013, fs.
5102/04.-
La Sra. Mercedes Puig Antich, DNI nro. 46328547-S,
con domicilio en la calle Mas Bussoga de la Vall de Bianya 17813,
Girona, promovió querella con el patrocinio letrado de los Dres.
Máximo Castex y Ricardo Huñis, con domicilio constituido en la
Av. Corrientes 1515, 2° piso, oficina A, de esta ciudad, dando
cuenta del homicidio de su hermano Salvador Puig Antich,
cometido mediante garrote vil el 2 de marzo de 1974.Al respecto,
manifestó que su hermano era integrante del Movimiento Ibérico
de Liberación (MIL), y que el 23 de septiembre de 1973 fue herido
de bala por la policía española, habiendo sido capturado por la
fuerza e ingresado al Hospital Clínico de Barcelona, en calidad de
detenido para su curación, donde fue operado y le extrajeron dos
balas alojadas en la mandíbula y el hombro. Junto con su hermano
ingresó a dicho hospital un oficial de policía herido de bala, quien
falleció, refiriendo que no se investigó cuál fue la procedencia de
tales disparos dado que la autopsia del mismo habría sido
practicada en una comisaría de la Ciudad de Barcelona.-
Agregó que su hermano fue luego trasladado a la
cárcel Modelo de Barcelona, en donde se lo mantuvo en régimen
de aislamiento; que el 20 de diciembre de 1973 la ETA realizó un
atentado donde murió el Presidente Carrero Blanco, más que su
hermano no pertenecía a ese movimiento; y que en el mes de enero
de 1974 fue juzgado por el Consejo de Guerra, sin prueba alguna, y
sentenciado a muerte, cumpliéndose su ejecución con fecha 2 de
marzo de 1974.-

La querellante manifestó que JOSÉ UTRERA fue uno
de los ministros del gobierno de la dictadura de Franco, quien
firmó la sentencia a muerte de Salvador Puig Antich (v. fs.
2014/2015).-

A su vez, de la declaración de Mercedes Puig Antich
obrante a fs. 1351/1352 se desprende que Salvador Puig Antich,
pertenecía al MIL (Movimiento Ibérico de Liberación); el día 23 de
septiembre de 1973 fue herido en un tiroteo con la policía
española, fue capturado y enviado al Hospital Clínico de
Barcelona. Luego fue trasladado a la cárcel Modelo de Barcelona.-

En enero de 1974 se celebró bajo jurisdicción militar
el juicio por el asesinato del Presidente del gobierno franquista
Carrero Blanco, por el cual fuera condenado a la pena de muerte,
condena que se ejecutaría el día 2 de marzo de 1974.-

Se señaló como quienes firmaron la sentencia de
muerte a JUAN GARCÍA HERNÁNDEZ, LICINIO DE LA
FUENTE, JOSÉ UTRERA MOLINA y como Juez Instructor de la
causa a NEMESIO ÁLVAREZ.-

Salvador Puig Antich, fue asesinado a “garrote vil” en
el año 1974, cuando tenía 23 años. La policía lo detuvo,
oportunidad que recibió dos o tres culatazos en la cabeza y antes de
entrarlo en un portal le sacaron un arma que llevaba en la chaqueta.

De la detención salió con golpes en la cabeza, un balazo en el
hombro y otro en la mandíbula y un policía murió.-
Según se indica el informe forense sobre la muerte del
policía fue manipulado. Además, el atentado que sufre Carrero
Blanco, que era Presidente del gobierno, le es atribuido a Puig
Antich, usándolo de “chivo expiatorio”. Por último, se señalan
irregularidades en el juicio militar que afrontó el nombrado que
terminó con una sentencia condenatoria que fue ejecutada el 2 de
marzo de 1974, oportunidad en la que pierde la vida (fs.
5102/5104).-

3. Copia de la sentencia de muerte de Salvador Puig
Antich, glosada a fs. 5046/52.-
4. Declaración testimonial de Pablo Mayoral Rueda de
fecha 3 de diciembre de 2013, (fs. 5105/06vta).-
6. Denuncia de Manuel Antonio Blanco Chivite de fs.
775/794vta, y declaración testimonial de fecha 23 de abril de 2012,
fs. 821/vta.-
7. Denuncia de María Flor Baena Alonso; de fecha 10
de abril de 2012, fs. 829/861.-
8. Querella promovida por Silvia Carretero Moreno, a
fs. 78/84.-
9. De la declaración de María Victoria Sánchez-Bravo
Sollas obrante a fs. 1346 se desprende que José Luís Sánchez
Bravo Sollas fue detenido y luego torturado en la Dirección
General de Seguridad, identificando como su principal torturador
al miembro de la Brigada Político Social JUAN ANTONIO
GONZÁLEZ PACHECO “BILLY EL NIÑO”. Posteriormente fue
sometido a un Consejo de Guerra Sumarísimo, condenado y
fusilado el día 27 de septiembre de 1975 (ver fs. 1346).

Formaron parte del Consejo de Guerra: Presidente,
CORONEL RICARDO OÑATE DE PEDRO; Auditor
Comandante, CARLOS RODRÍGUEZ DAVESA; Vocales
Capitanes, JOSÉ GARCÍA GUERRERO, PEDRO SÁNCHEZ
CASTRO, JOSÉ MIGUEL DE LA CALLE. Asimismo integraron
el Consejo de Ministro que firmó la sentencia de muerte de José
Luis Sánchez Bravo Sollas, JOSÉ GARCÍA HERNÁNDEZ,
FERNANDO SUÁREZ GONZÁLEZ, JOSÉ MARÍA SÁNCHEZVENTURA PASCUAL.-

II
Hechos que habré de imputarle a 
LICINO DE LA FUENTE

Haber convalidado con su firma la sentencia de
muerte por garrote vil de Salvador Puig Antich asesinado el 2 de
marzo de 1.974.-

Constancias probatorias:
1. Fernando Souto Suárez, titular del DNI N°
32773338, en representación de la Comisión por la Recuperación
de Memoria Histórica de Coruña (CRMH), denuncian a: JOSÉ
MARÍA LÓPEZ DE LETONA Y NÚÑEZ DEL PINO, de 90 años
de edad, quien fue ministro de Industria entre los años 1969 y
1974; LICINIO DE LA FUENTE DE LA FUENTE, de 89 años de
edad, quien fue ministro de Trabajo entre los años 1969 y 1975;
ALBERTO MONREAL LUQUE, de 86 años de edad, quien fue
ministro de Hacienda entre los años 1969 y 1973; JOSÉ MARÍA
GAMAZO MANGLANO, de 82 años de edad, quien fue
subsecretario de la Presidencia entre los años 1973 y 1974;
ANTONIO BARRERA DE IRIMO, de 84 años de edad, quien fue
ministro de Hacienda entre los años 1973 y 1974; FERNANDO
LIÑAN Y ZOFIO, de 82 años de edad, quien fue ministro de
Información y Turismo entre los años 1973 y 1974; ANTONIO
CARRO MAARTÍNEZ, de 89 años de edad, quien fue ministro de
Presidencia entre los años 1974 y 1975; FERNANDO SUAREZ
GONÁLEZ, de 79 años de edad, quien fue ministro de Trabajo, de
marzo a diciembre del año 1975; JOSÉ MARIA SANCHEZ
VENTURA PASCUAL, de 90 años de edad quien fue ministro de
Justicia de marzo a diciembre del año 1975; JOSÉ UTRERA
MOLINA, de 86 años de edad, quien fue ministro de Vivienda
entre los años 1973 y 1974 y RODOLFO MARTÍN VILA, de 79
años de edad, quien fue ministro del Gobierno de UCD, desde el
mes de julio del año 1976 hasta el mes de abril del año 1979. En
esa misma denuncia presentan anexos entre ellos el N° 2, en el cual
se menciona que MANUEL FRAGA participó de crímenes
cometidos durante el periodo investigado.-

2. Denuncia de Mercedes Puig Antich de fs.
1962/2016 y declaración testimonial, de fecha 3 de diciembre de
2013, fs. 5102/04.-
La Sra. Mercedes Puig Antich, DNI nro. 46328547-S,
con domicilio en la calle Mas Bussoga de la Vall de Bianya 17813,
Girona, promovió querella con el patrocinio letrado de los Dres.
Máximo Castex y Ricardo Huñis, con domicilio constituido en la
Av. Corrientes 1515, 2° piso, oficina A, de esta ciudad, dando
cuenta del homicidio de su hermano Salvador Puig Antich,
cometido mediante garrote vil el 2 de marzo de 1974.Al respecto,
manifestó que su hermano era integrante del Movimiento Ibérico
de Liberación (MIL), y que el 23 de septiembre de 1973 fue herido
de bala por la policía española, habiendo sido capturado por la
fuerza e ingresado al Hospital Clínico de Barcelona, en calidad de
detenido para su curación, donde fue operado y le extrajeron dos
balas alojadas en la mandíbula y el hombro. Junto con su hermano
ingresó a dicho hospital un oficial de policía herido de bala, quien
falleció, refiriendo que no se investigó cuál fue la procedencia de
tales disparos dado que la autopsia del mismo habría sido
practicada en una comisaría de la Ciudad de Barcelona.-

Agregó que su hermano fue luego trasladado a la
cárcel Modelo de Barcelona, en donde se lo mantuvo en régimen
de aislamiento; que el 20 de diciembre de 1973 la ETA realizó un
atentado donde murió el Presidente Carrero Blanco, más que su
hermano no pertenecía a ese movimiento; y que en el mes de enero
de 1974 fue juzgado por el Consejo de Guerra, sin prueba alguna, y
sentenciado a muerte, cumpliéndose su ejecución con fecha 2 de
marzo de 1974.-

La querellante manifestó que JOSÉ UTRERA fue uno
de los ministros del gobierno de la dictadura de Franco, quien
firmó la sentencia a muerte de Salvador Puig Antich (v. fs.
2014/2015).-

A su vez, de la declaración de Mercedes Puig Antich
obrante a fs. 1351/1352 se desprende que Salvador Puig Antich,
pertenecía al MIL (Movimiento Ibérico de Liberación); el día 23 de
septiembre de 1973 fue herido en un tiroteo con la policía
española, fue capturado y enviado al Hospital Clínico de
Barcelona. Luego fue trasladado a la cárcel Modelo de Barcelona.-

En enero de 1974 se celebró bajo jurisdicción militar
el juicio por el asesinato del Presidente del gobierno franquista
Carrero Blanco, por el cual fuera condenado a la pena de muerte,
condena que se ejecutaría el día 2 de marzo de 1974.-

Se señaló como quienes firmaron la sentencia de
muerte a JUAN GARCÍA HERNÁNDEZ, LICINIO DE LA
FUENTE, JOSÉ UTRERA MOLINA y como Juez Instructor de la
causa a NEMESIO ÁLVAREZ.

Salvador Puig Antich, fue asesinado a “garrote vil” en
el año 1974, cuando tenía 23 años. La policía lo detuvo,
oportunidad que recibió dos o tres culatazos en la cabeza y antes de
entrarlo en un portal le sacaron un arma que llevaba en la chaqueta.
De la detención salió con golpes en la cabeza, un balazo en el
hombro y otro en la mandíbula y un policía murió.-

Según se indica el informe forense sobre la muerte del
policía fue manipulado. Además, el atentado que sufre Carrero
Blanco, que era Presidente del gobierno, le es atribuido a Puig
Antich, usándolo de “chivo expiatorio”.-

Por último, se señalan irregularidades en el juicio
militar que afrontó el nombrado que terminó con una sentencia
condenatoria que fue ejecutada el 2 de marzo de 1974, oportunidad
en la que pierde la vida (fs. 5102/5104).-

3. Copia de la sentencia de muerte de Salvador Puig
Antich, glosada a fs. 5046/52.-

III
 Hechos que habré de imputarle a 
ANTONIO BARRERA DE IRIMO

Haber convalidado con su firma la sentencia de
muerte por garrote vil de Salvador Puig Antich asesinado el 2 de
marzo de 1.974.-

Constancias probatorias:
1. Fernando Souto Suárez, titular del DNI N°
32773338, en representación de la Comisión por la Recuperación
de Memoria Histórica de Coruña (CRMH), denuncian a: JOSÉ
MARÍA LÓPEZ DE LETONA Y NÚÑEZ DEL PINO, de 90 años
de edad, quien fue ministro de Industria entre los años 1969 y
1974; LICINIO DE LA FUENTE DE LA FUENTE, de 89 años de
edad, quien fue ministro de Trabajo entre los años 1969 y 1975;
ALBERTO MONREAL LUQUE, de 86 años de edad, quien fue
ministro de Hacienda entre los años 1969 y 1973; JOSÉ MARÍA
GAMAZO MANGLANO, de 82 años de edad, quien fue
subsecretario de la Presidencia entre los años 1973 y 1974;
ANTONIO BARRERA DE IRIMO, de 84 años de edad, quien fue
ministro de Hacienda entre los años 1973 y 1974; FERNANDO
LIÑAN Y ZOFIO, de 82 años de edad, quien fue ministro de
Información y Turismo entre los años 1973 y 1974; ANTONIO
CARRO MAARTÍNEZ, de 89 años de edad, quien fue ministro de
Presidencia entre los años 1974 y 1975; FERNANDO SUAREZ
GONÁLEZ, de 79 años de edad, quien fue ministro de Trabajo, de
marzo a diciembre del año 1975; JOSÉ MARIA SANCHEZ
VENTURA PASCUAL, de 90 años de edad quien fue ministro de
Justicia de marzo a diciembre del año 1975; JOSÉ UTRERA
MOLINA, de 86 años de edad, quien fue ministro de Vivienda
entre los años 1973 y 1974 y RODOLFO MARTÍN VILA, de 79
años de edad, quien fue ministro del Gobierno de UCD, desde el
mes de julio del año 1976 hasta el mes de abril del año 1979. En
esa misma denuncia presentan anexos entre ellos el N° 2, en el cual
se menciona que MANUEL FRAGA participó de crímenes
cometidos durante el periodo investigado.-

2. Denuncia de Mercedes Puig Antich de fs.
1962/2016 y declaración testimonial, de fecha 3 de diciembre de
2013, fs. 5102/04.-

La Sra. Mercedes Puig Antich, DNI nro. 46328547-S,
con domicilio en la calle Mas Bussoga de la Vall de Bianya 17813,
Girona, promovió querella con el patrocinio letrado de los Dres.
Máximo Castex y Ricardo Huñis, con domicilio constituido en la
Av. Corrientes 1515, 2° piso, oficina A, de esta ciudad, dando
cuenta del homicidio de su hermano Salvador Puig Antich,
cometido mediante garrote vil el 2 de marzo de 1974.  Al respecto,
manifestó que su hermano era integrante del Movimiento Ibérico
de Liberación (MIL), y que el 23 de septiembre de 1973 fue herido
de bala por la policía española, habiendo sido capturado por la
fuerza e ingresado al Hospital Clínico de Barcelona, en calidad de
detenido para su curación, donde fue operado y le extrajeron dos
balas alojadas en la mandíbula y el hombro. Junto con su hermano
ingresó a dicho hospital un oficial de policía herido de bala, quien
falleció, refiriendo que no se investigó cuál fue la procedencia de
tales disparos dado que la autopsia del mismo habría sido
practicada en una comisaría de la Ciudad de Barcelona.-

Agregó que su hermano fue luego trasladado a la
cárcel Modelo de Barcelona, en donde se lo mantuvo en régimen
de aislamiento; que el 20 de diciembre de 1973 la ETA realizó un
atentado donde murió el Presidente Carrero Blanco, más que su
hermano no pertenecía a ese movimiento; y que en el mes de enero
de 1974 fue juzgado por el Consejo de Guerra, sin prueba alguna, y
sentenciado a muerte, cumpliéndose su ejecución con fecha 2 de
marzo de 1974.-

La querellante manifestó que JOSÉ UTRERA fue uno
de los ministros del gobierno de la dictadura de Franco, quien
firmó la sentencia a muerte de Salvador Puig Antich (v. fs.
2014/2015).-

A su vez, de la declaración de Mercedes Puig Antich
obrante a fs. 1351/1352 se desprende que Salvador Puig Antich,
pertenecía al MIL (Movimiento Ibérico de Liberación); el día 23 de
septiembre de 1973 fue herido en un tiroteo con la policía
española, fue capturado y enviado al Hospital Clínico de
Barcelona. Luego fue trasladado a la cárcel Modelo de Barcelona.-
En enero de 1974 se celebró bajo jurisdicción militar
el juicio por el asesinato del Presidente del gobierno franquista
Carrero Blanco, por el cual fuera condenado a la pena de muerte,
condena que se ejecutaría el día 2 de marzo de 1974.-

Se señaló como quienes firmaron la sentencia de
muerte a JUAN GARCÍA HERNÁNDEZ, LICINIO DE LA
FUENTE, JOSÉ UTRERA MOLINA y como Juez Instructor de la
causa a NEMESIO ÁLVAREZ.

Salvador Puig Antich, fue asesinado a “garrote vil” en
el año 1974, cuando tenía 23 años. La policía lo detuvo,
oportunidad que recibió dos o tres culatazos en la cabeza y antes de
entrarlo en un portal le sacaron un arma que llevaba en la chaqueta.
De la detención salió con golpes en la cabeza, un balazo en el
hombro y otro en la mandíbula y un policía murió.-
Según se indica el informe forense sobre la muerte del
policía fue manipulado. Además, el atentado que sufre Carrero
Blanco, que era Presidente del gobierno, le es atribuido a Puig
Antich, usándolo de “chivo expiatorio”.-

Por último, se señalan irregularidades en el juicio
militar que afrontó el nombrado que terminó con una sentencia
condenatoria que fue ejecutada el 2 de marzo de 1974, oportunidad
en la que pierde la vida (fs. 5102/5104).-

3. Copia de la sentencia de muerte de Salvador Puig
Antich, glosada a fs. 5046/52.- 

IV
Hechos que habré de imputarle a 
JOSÉ MARÍA
SANCHEZ- VENTURA PASCUAL

Haber firmado las sentencias de muerte de los últimos
fusilamientos del régimen franquista el 27 de septiembre de 1.975,
como Ministro de Justicia del 15° gobierno de la dictadura, en las
ciudades españolas de Madrid, Barcelona y Burgos, en las que
fueron ejecutados José Humberto Baena Alonso, José Luís
Sánchez Bravo Sollas, Ramón García Sanz, Juan Paredes Manot, y
Ángel Otaegui Echeverría.-

Constancias probatorias:
1. Presentación de los Dres. Huñis y Castex, obrante a
fs. 2451/2475 que da cuenta que Vladimiro Fernández Tovar,
titular del DNI n° 5.213.495-Q, denunció que fue detenido en el
mes de julio de 1975, en Madrid y conducido a la Dirección
General de Seguridad, acusado de ser miembro del Frente
Revolucionario Antifascista y patriota, grupo a quien se le imputó
una muerte de un policía. Allí fue torturado, apaleado y amenazadode muerte por parte del COMISARIO ROBERTO CONESA Y CARLOS DOMINGUEZ SANCHEZ. 

El 25 de julio lo trasladarona la Prisión Provincial de Carabanchel (Madrid) y lo encerraron enlas celdas preventivas bajas o celdas de castigo hasta finales de agosto. Señaló que el instructor de su sumario fue el COMANDANTE MARIANO MARÍN BENAVIDES. 
Señaló que el tribunal militar se constituyó el 12 de septiembre en el acuartelamiento de El Goloso, a unos 14 km de Madrid. Señaló
distintas irregularidades en el juicio. El tribunal militar estaba
integrado por el Coronel de Infantería FRANCISCO
CARBONELL CADENAS DE LLANO, Capital Auditor y vocal
ponente JESÚS CEJAS MOHEDANO, Vocales Capitán JOSE
REY MORA, Capitán ANGEL URQUIJO QUIROGA, Capitán
JUAN GARCIA SARO, Fiscal Teniente Coronel RAMÓN
GONZÁLEZ ARNAO.-

El 26 de septiembre se reunió el Consejo de Ministros
que dio “el enterado” a cinco penas de muerte: José Humberto
Baena Alonso, José Luis Sánchez Bravo Sollas, Ramón García
Sanz, Juan Paredes Manot y Ángel Otaegui Echeverría. A su vez,
fueron indultados José Antonio Garmendia Artola, Concepción
Tristán López, María Jesús Dasca Panelas, Manuel Cañaveras de
Garcia, Manuel Blanco Chivite y Vladimiro Fernández Tovar,
quien permaneció detenido en la prisión de Carabanchel hasta
mediados de mayo de 1976, luego trasladado al Puerto de Santa
María donde recupero su libertad el día 8 de noviembre de 1977.-

Los miembros del Consejo de Ministros que aún viven
son: JOSE GARCIA HERNANDEZ, FERNANDO SUAREZ
GONZALEZ, ANTONIO CARRO MARTINEZ Y JOSE MARIA
SANCHEZ-VENTURA PASCUAL.-

2. Declaración testimonial de Pablo Mayoral Rueda de
fecha 3 de diciembre de 2013, (fs. 5105/06vta).-
3. Denuncia de Manuel Antonio Blanco Chivite de fs.
775/794vta, y declaración testimonial de fecha 23 de abril de 2012,
fs. 821/vta.-
4. Denuncia de María Flor Baena Alonso; de fecha 10
de abril de 2012, fs. 829/861.-
5. De la declaración de María Victoria Sánchez-Bravo
Sollas obrante a fs. 1346 se desprende que José Luís Sánchez
Bravo Sollas fue detenido y luego torturado en la Dirección
General de Seguridad, identificando como su principal torturador
al miembro de la Brigada Político Social JUAN ANTONIO
GONZÁLEZ PACHECO “BILLY EL NIÑO”. Posteriormente fue
sometido a un Consejo de Guerra Sumarísimo, condenado y
fusilado el día 27 de septiembre de 1975 (ver fs. 1346).
Formaron parte del Consejo de Guerra: Presidente,
CORONEL RICARDO OÑATE DE PEDRO; Auditor
Comandante, CARLOS RODRÍGUEZ DAVESA; Vocales
Capitanes, JOSÉ GARCÍA GUERRERO, PEDRO SÁNCHEZ
CASTRO, JOSÉ MIGUEL DE LA CALLE. Asimismo integraron
el Consejo de Ministro que firmó la sentencia de muerte de José
Luis Sánchez Bravo Sollas, JOSÉ GARCÍA HERNÁNDEZ,
FERNANDO SUÁREZ GONZÁLEZ, JOSÉ MARÍA SÁNCHEZ VENTURA PASCUAL.-

V
Hechos que habré de imputarle a 
ALFONSO OSORIO GARCÍA

Su responsabilidad de los sucesos acaecidos en Vitoria
el 3 de marzo de 1976, conocidos como la matanza de Vitoria, que provocaron la muerte de los trabajadores Pedro María Martínez Ocio de 27 años, Francisco Aznar Clemente de 17 años, Romualdo Barroso Chaparro de 19 años, José Castillo García de 32 años, y Bienvenido Pereda Moral de 30 años y más de 100 heridos, muchos de ellos por armas de fuego, cuando la policía reprimió premeditadamente, indiscriminada y criminalmente una concentración obrera según se detalla en los testimonios. 

Era el Ministro de Presidencia, y junto a ADOLFO SUÁREZ y MARTÍN VILLA (en momentos en los que Suárez era ministro de la Gobernación interinamente a causa de un viaje oficial de Manuel
Fraga a Alemania), decidió que el operativo represivo fuese
dirigido por un mando único, el director general adjunto de la
Seguridad de apellido ZARZALEJO y un alto jefe de la Guardia
Civil para que coordinase y mandase a todas las fuerzas por orden
público.-

Constancias probatorias:
1. Testimonios de la querella presentada por la
“Asociación 3 de marzo de Vitoria”, fs. 2360/2449vta.-
2. Declaración testimonial de Andoni Txasko (fs.
5108/13).-
3. El Sr. José Luis Martínez Ocio, DNI nro.
16.208.172-A, con domicilio en la calle Obispo Ballester 18, 6°
Izda de Victoria-Gasteis, Provincia de Álava-Araba, en su carácter
de Presidente de la Asociación de Víctimas 3 de Marzo, por
mandato de la Asamblea General del 28 de junio de 2012, y la
consiguiente Junta Directiva, promovió querella por el asesinato de
cinco obreros, ocurrido a resultas de los disparos efectuados por la
Policía Armada Española, el 3 de marzo de 1976, cuando
desalojaron una iglesia previamente “gaseada”, en la cual se
celebraba pacíficamente un asamblea de trabajadores en huelga,
hecho por el cual hubo más de un centenar de heridos.
Los obreros asesinados fueron: Pedro María Martínez
Ocio, 27 años de edad, Francisco Aznar Clemente, 17 años de
edad, Romualdo Barroso Chaparro, 19 años de edad; José Castillo
García, 32 años de edad; fallecido el 7 de marzo de 1976 por las
heridas sufridas; Bienvenido Pereda Moral, 30 años de edad;
fallecido el 5 de abril de ese año como consecuencia de las heridas
sufridas. Presentaron testimonio de ello, José Luis Martínez Ocio
(hermano del fallecido Pedro María Martínez Ocio, Diego Aznar
García, padre del fallecido Francisco Aznar Clemente, Evangelina
Barroso Chaparro, Blanca María Barroso Chaparro y Faustina
Chaparro Araujo hermanas y madre, respectivamente, de
Romualdo Barroso Chaparro.

Mencionó además que los heridos en ese suceso
fueron: Daniel Antonio Porras, José Antonio Martínez Heras, José
Luis Bóveda Zalduendo, Francisco Ausín González, José María
Ortiz, Julio Jesús Ruiz Garrido, Luis María Sáez de Ibarra Atauri,
M Ángel Ortiz de Urbina Bardeci, Marcelino Santamaría Blas,
Félix Alvarado Herran, Jesús María Ormaetxea Antepara,
Cristóbal Treviño García, Andrés Boyero Domínguez, José Luis
Maestro Maestro, Julián Ocejo Díez, Laurentino Bustillo García,
Norberto Mujica Díaz, José María Fuentes Llorente, Sixto
Tamargo Marín, Francisco Javier Manzanos Bañuelos, Guillermo
González Prieto, José Ignacio Plazaola Sánchez, Ladislao Millan
Montoya, Juan Carrasco Claver Justino Rodríguez Prieto, Juan
Boyero Salgado, Consuelo Lastra Fernández, Amelia Glz.
Pariente, M Ángel López de Uralde Mtz, Alberto Olalde Azkorreta,
Luis Lobera Palomar, Ángel López Archeli, José Sáenz de Ugarte
Corres, Florencio Guillen Moreno , Antonio Ruiz Capillas, Fermín
Rodríguez García, Pedro Sanz Arias, Manuel Pizarro Fernández,
Javier Martínez García, Francisco San Juan, Francisco José
Fraile, Luis Fuente García, Eladio Jesús Medrano Fernández,
Santiago Durán Fernández, Agustín Plaza Fernández, Ignacio del
Valle del Rivero, Pedro Salas Romero, Isidra Bartolomé, Gonzalo
Castellano Marquínez, Pedro Velázquez Gallego, Teodoro Vadillo
López , Pedro María Ortiz Barredo, Luis García Marín, Faustina
Merino, Arcadio Mayo Lobato, Ángel Fernández de Labastida,
Rafaela Galán, Pedro Miranda Villares, María Carmen Fernández
de Roitegui, José Abel Vicari, José Urbina, María Cortabarria,
Lázaro Benítez, Ramón Bruñas Ruiz, J. Ignacio Iturricha Fdz. de
Trocóniz, José Antonio Padilla, Raquel Albian, Eusebio Nevado,
Pedro Díaz de Garayo, María del Carmen Seoana. Máximo
Rodríguez, Santiago Arrausi, Juan Carlos García, Juan Antonio
Gonzalo, Francisco Pascual, Féliz Unzalu, Florencio Orive Martín
Lopó.

El 4 de marzo resultaron heridos: Andoni Txasko Díaz,
Javier Carlos García Casado, Ángel López, Francisco Justel
Pernia, Francisco Escribano, Juan María Usobiaga Iriondo.
Manifestó además, que tras las muestras de solidaridad expresados
por el Estado español y en Euskal Herria, se produjeron nuevas
represiones resultando el fallecimiento de Juan Gabriel Rodrigo
Knafo, de 20 años de edad, fallecido el 6 de marzo, Vicente Antón
Ferrero de 18 años de edad, fallecido el 8 de marzo y Mario
Marota de 53 años de edad, fallecido el 14 de marzo.

Señaló el denunciante que las autoridades en ejercicio
al momento de tales hechos fueron: S.M. JUAN CARLOS I (Jefe
de Estado); CARLOS ARIAS NAVARRO (Presidente de
Gobierno); FERNANDO DE SANTIAGO Y DÍAZ DE
MENDÍVIL (Vicep. para Defensa); MANUEL FRAGA
IRIBARNE (Vicep. para Interior y Gobernación); JUAN
MANUEL VILLAR MIR (Vicep. para AAEE y Haciendo);
ALFONSO OSORIO GARCÍA (Presidencia); JOSÉ MARÍA DE
AREILZA Y MTZ DE RODAS (Asuntos Exteriores); ANTONIO
GARRIGUEZ Y DÍAZ CAÑABATE (Justicia); FÉLIX
ÁLVAREZ-ARENAS Y PACHECO (Ejército); CARLOS
FRANCO IRIBARNEGARAY (Aire); GABRIEL PITA DE
VEIGA Y SANZ (Marina); CARLOS PÉREZ DE BRICIO
OLARIAGA (Industria); LEOPOLDO CARLOS-SOTELO Y
BUSTELO (Comercio); ANTONIO VALDÉS Y GONZÁLEZROLDÁN (Obras Públicas); VIRGILIO OÑATE GIL
(Agricultura); FRANCISCO LOZANO VICENTE (Vivienda);
JOSÉ SOLIS RUIZ (Trabajo); CARLOS ROBLES PIGUER
(Educación y Ciencia); ADOLFO MARTÍN-GAMERO y
GONZÁLEZ POSADA (Información y Turismo); ADOLFO
SUÁREZ GONZÁLEZ (Secretario Gral. del Movimiento);
RODOLFO MARTÍN VILLA (Relaciones Sindicales).

VI
Hechos que habré de imputarle a
 JESÚS QUINTANA SARACIBAR

Su responsabilidad en los hechos acaecidos en la
Iglesia de San Francisco de Asis, del Barrio de Saramaga, en
Vitoria, que causara la muerte por disparos de bala a 5 civiles,
Pedro María Martínez Ocio de 27 años, Francisco Aznar Clemente
de 17 años, Romualdo Barroso Chaparro de 19 años, José Castillo
García de 32 años, y Bienvenido Pereda Moral de 30 años; el 3 de
marzo de 1976, fecha en que el nombrado era Capitán de la Policía
Armada al mando de las fuerzas que asaltaron la Iglesia.-

Constancias probatorias:
1. Testimonios de la querella presentada por la
“Asociación 3 de marzo de Vitoria”, fs. 2360/2449vta.-
2. Declaración testimonial de Andoni Txasko (fs.
5108/13).-
El Sr. José Luis Martínez Ocio, DNI nro. 16.208.172-
A, con domicilio en la calle Obispo Ballester 18, 6° Izda de
Victoria-Gasteis, Provincia de Álava-Araba, en su carácter de
Presidente de la Asociación de Víctimas 3 de Marzo, por mandato
de la Asamblea General del 28 de junio de 2012, y la consiguiente
Junta Directiva, promovió querella por el asesinato de cinco
obreros, ocurrido a resultas de los disparos efectuados por la
Policía Armada Española, el 3 de marzo de 1976, cuando
desalojaron una iglesia previamente “gaseada”, en la cual se
celebraba pacíficamente un asamblea de trabajadores en huelga,
hecho por el cual hubo más de un centenar de heridos. 
Poder Judicial de la Nación
JUZGADO CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL 1
CFP 4591/2010

Los obreros asesinados fueron: Pedro María Martínez
Ocio, 27 años de edad, Francisco Aznar Clemente, 17 años de
edad, Romualdo Barroso Chaparro, 19 años de edad; José Castillo
García, 32 años de edad; fallecido el 7 de marzo de 1976 por las
heridas sufridas; Bienvenido Pereda Moral, 30 años de edad;
fallecido el 5 de abril de ese año como consecuencia de las heridas
sufridas. Presentaron testimonio de ello, José Luis Martínez Ocio
(hermano del fallecido Pedro María Martínez Ocio, Diego Aznar
García, padre del fallecido Francisco Aznar Clemente, Evangelina
Barroso Chaparro, Blanca María Barroso Chaparro y Faustina
Chaparro Araujo hermanas y madre, respectivamente, de
Romualdo Barroso Chaparro.

Mencionó además que los heridos en ese suceso
fueron: Daniel Antonio Porras, José Antonio Martínez Heras, José
Luis Bóveda Zalduendo, Francisco Ausín González, José María
Ortiz, Julio Jesús Ruiz Garrido, Luis María Sáez de Ibarra Atauri,
M Ángel Ortiz de Urbina Bardeci, Marcelino Santamaría Blas,
Félix Alvarado Herran, Jesús María Ormaetxea Antepara,
Cristóbal Treviño García, Andrés Boyero Domínguez, José Luis
Maestro Maestro, Julián Ocejo Díez, Laurentino Bustillo García,
Norberto Mujica Díaz, José María Fuentes Llorente, Sixto
Tamargo Marín, Francisco Javier Manzanos Bañuelos, Guillermo
González Prieto, José Ignacio Plazaola Sánchez, Ladislao Millan
Montoya, Juan Carrasco Claver Justino Rodríguez Prieto, Juan
Boyero Salgado, Consuelo Lastra Fernández, Amelia Glz.
Pariente, M Ángel López de Uralde Mtz, Alberto Olalde Azkorreta,
Luis Lobera Palomar, Ángel López Archeli, José Sáenz de Ugarte
Corres, Florencio Guillen Moreno , Antonio Ruiz Capillas, Fermín
Rodríguez García, Pedro Sanz Arias, Manuel Pizarro Fernández,
Javier Martínez García, Francisco San Juan, Francisco José
Fraile, Luis Fuente García, Eladio Jesús Medrano Fernández,
Santiago Durán Fernández, Agustín Plaza Fernández, Ignacio del
Valle del Rivero, Pedro Salas Romero, Isidra Bartolomé, Gonzalo
Castellano Marquínez, Pedro Velázquez Gallego, Teodoro Vadillo
López , Pedro María Ortiz Barredo, Luis García Marín, Faustina
Merino, Arcadio Mayo Lobato, Ángel Fernández de Labastida,
Rafaela Galán, Pedro Miranda Villares, María Carmen Fernández
de Roitegui, José Abel Vicari, José Urbina, María Cortabarria,
Lázaro Benítez, Ramón Bruñas Ruiz, J. Ignacio Iturricha Fdz. de
Trocóniz, José Antonio Padilla, Raquel Albian, Eusebio Nevado,
Pedro Díaz de Garayo, María del Carmen Seoana. Máximo
Rodríguez, Santiago Arrausi, Juan Carlos García, Juan Antonio
Gonzalo, Francisco Pascual, Féliz Unzalu, Florencio OriveMartín
Lopó.

El 4 de marzo resultaron heridos: Andoni Txasko Díaz,
Javier Carlos García Casado, Ángel López, Francisco Justel
Pernia, Francisco Escribano, Juan María Usobiaga Iriondo.
Manifestó además, que tras las muestras de solidaridad expresados
por el Estado español y en Euskal Herria, se produjeron nuevas
represiones resultando el fallecimiento de Juan Gabriel Rodrigo
Knafo, de 20 años de edad, fallecido el 6 de marzo, Vicente Antón
Ferrero de 18 años de edad, fallecido el 8 de marzo y Mario
Marota de 53 años de edad, fallecido el 14 de marzo.

Señaló el denunciante que las autoridades en ejercicio
al momento de tales hechos fueron: S.M. JUAN CARLOS I (Jefe
de Estado); CARLOS ARIAS NAVARRO (Presidente de
Gobierno); FERNANDO DE SANTIAGO Y DÍAZ DE
MENDÍVIL (Vicep. para Defensa); MANUEL FRAGA
IRIBARNE (Vicep. para Interior y Gobernación); JUAN
MANUEL VILLAR MIR (Vicep. para AAEE y Haciendo);
ALFONSO OSORIO GARCÍA (Presidencia); JOSÉ MARÍA DE
AREILZA Y MTZ DE RODAS (Asuntos Exteriores); ANTONIO
GARRIGUEZ Y DÍAZ CAÑABATE (Justicia); FÉLIX
ÁLVAREZ-ARENAS Y PACHECO (Ejército); CARLOS
FRANCO IRIBARNEGARAY (Aire); GABRIEL PITA DE
VEIGA Y SANZ (Marina); CARLOS PÉREZ DE BRICIO
OLARIAGA (Industria); LEOPOLDO CARLOS-SOTELO Y
BUSTELO (Comercio); ANTONIO VALDÉS Y GONZÁLEZROLDÁN (Obras Públicas); VIRGILIO OÑATE GIL
(Agricultura); FRANCISCO LOZANO VICENTE (Vivienda);
JOSÉ SOLIS RUIZ (Trabajo); CARLOS ROBLES PIGUER
(Educación y Ciencia); ADOLFO MARTÍN-GAMERO y
GONZÁLEZ POSADA (Información y Turismo); ADOLFO
SUÁREZ GONZÁLEZ (Secretario Gral. del Movimiento);
RODOLFO MARTÍN VILLA (Relaciones Sindicales).

VII
Hechos que habré de imputarle 
CARLOS REY GONZALEZ

En 1974 era capitán auditor del Cuerpo Jurídico del
Ejército y participó en el Consejo de Guerra de la causa n°106/73,
instruida por el Juzgado Militar Permanente n°3, que juzgó a
Salvador Puig Antich. Desarrolló las funciones de vocal ponente, y
como tal informó y fue redactor de la sentencia que lo condenaría a
muerte, sentencia que fue ejecutada el 2 de marzo de 1974, por
medio de garrote vil.-

Constancias probatorias:
1. Denuncia de Mercedes Puig Antich de fs.
1962/2016 y declaración testimonial, de fecha 3 de diciembre de
2013, fs. 5102/04.-
La Sra. Mercedes Puig Antich, DNI nro. 46328547-S,
con domicilio en la calle Mas Bussoga de la Vall de Bianya 17813,
Girona, promovió querella con el patrocinio letrado de los Dres.
Máximo Castex y Ricardo Huñis, con domicilio constituido en la
Av. Corrientes 1515, 2° piso, oficina A, de esta ciudad, dando
cuenta del homicidio de su hermano Salvador Puig Antich,
cometido mediante garrote vil el 2 de marzo de 1974.Al respecto,
manifestó que su hermano era integrante del Movimiento Ibérico
de Liberación (MIL), y que el 23 de septiembre de 1973 fue herido
de bala por la policía española, habiendo sido capturado por la
fuerza e ingresado al Hospital Clínico de Barcelona, en calidad de
detenido para su curación, donde fue operado y le extrajeron dos
balas alojadas en la mandíbula y el hombro. Junto con su hermano
ingresó a dicho hospital un oficial de policía herido de bala, quien
falleció, refiriendo que no se investigó cuál fue la procedencia de
Poder Judicial de la Nación
JUZGADO CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL 1
CFP 4591/2010
tales disparos dado que la autopsia del mismo habría sido
practicada en una comisaría de la Ciudad de Barcelona.-
Agregó que su hermano fue luego trasladado a la
cárcel Modelo de Barcelona, en donde se lo mantuvo en régimen
de aislamiento; que el 20 de diciembre de 1973 la ETA realizó un
atentado donde murió el Presidente Carrero Blanco, más que su
hermano no pertenecía a ese movimiento; y que en el mes de enero
de 1974 fue juzgado por el Consejo de Guerra, sin prueba alguna, y
sentenciado a muerte, cumpliéndose su ejecución con fecha 2 de
marzo de 1974.-

La querellante manifestó que JOSÉ UTRERA fue uno
de los ministros del gobierno de la dictadura de Franco, quien
firmó la sentencia a muerte de Salvador Puig Antich (v. fs.
2014/2015).-
A su vez, de la declaración de Mercedes Puig Antich
obrante a fs. 1351/1352 se desprende que Salvador Puig Antich,
pertenecía al MIL (Movimiento Ibérico de Liberación); el día 23 de
septiembre de 1973 fue herido en un tiroteo con la policía
española, fue capturado y enviado al Hospital Clínico de
Barcelona. Luego fue trasladado a la cárcel Modelo de Barcelona.-
En enero de 1974 se celebró bajo jurisdicción militar
el juicio por el asesinato del Presidente del gobierno franquista
Carrero Blanco, por el cual fuera condenado a la pena de muerte,
condena que se ejecutaría el día 2 de marzo de 1974.-

Se señaló como quienes firmaron la sentencia de
muerte a JUAN GARCÍA HERNÁNDEZ, LICINIO DE LA
FUENTE, JOSÉ UTRERA MOLINA y como Juez Instructor de la
causa a NEMESIO ÁLVAREZ.
Salvador Puig Antich, fue asesinado a “garrote vil” en
el año 1974, cuando tenía 23 años. La policía lo detuvo,
oportunidad que recibió dos o tres culatazos en la cabeza y antes de
entrarlo en un portal le sacaron un arma que llevaba en la chaqueta.
De la detención salió con golpes en la cabeza, un balazo en el
hombro y otro en la mandíbula y un policía murió.-

Según se indica el informe forense sobre la muerte del
policía fue manipulado. Además, el atentado que sufre Carrero
Blanco, que era Presidente del gobierno, le es atribuido a Puig
Antich, usándolo de “chivo expiatorio”.-
Por último, se señalan irregularidades en el juicio
militar que afrontó el nombrado que terminó con una sentencia
condenatoria que fue ejecutada el 2 de marzo de 1974, oportunidad
en la que pierde la vida (fs. 5102/5104).-
2. Copia de la sentencia de muerte de Salvador Puig
Antich, glosada a fs. 5046/52.-

VIII
Hechos que habré de imputarle a 
ANTONIO TRONCOSO DE CASTRO

Coronel  Auditor del Cuerpo Jurídico Militar,
diplomático en Derecho Penal Militar, Ex Fiscal del Tribunal
Supremo, fue vocal suplente del Consejo de Guerra Sumarísimo
31/69 (Proceso de Burgos, diciembre de 1970) y de muchos de los
consejos de guerra y causas militares organizados contra
luchadores antifranquistas desde 1963 hasta el final de la dictadura.

Tenía a su cargo la gestión más importante, era el
vocal ponente, el que tenía oficialmente la misión de asesorar
jurídicamente al Tribunal y redactar materialmente la sentencia. En
el proceso n°31/69 se juzgó a diez y seis personas y se dictaron
nueve penas de muerte para los siguientes seis encausados:
Eduardo Uriarte Romero (dos condenas de muerte), Jokin
Gorostidi (dos condenas de muerte), Xabier Izko de la Iglesia (doscondenas de muerte), Mario Onaindia Natxiondo (una condena demuerte), Xabier Larena Martínez (una condena de muerte); Unai Dorronsoro Cebrio (una condena de muerte). Asimismo, se aplicaron un total de 559 años de prisión a diez acusados; las condenas a penas de muerte, dictadas el 28 de diciembre de 1970 fueron conmutadas el 30 de diciembre por el Consejo de Ministros.

En esta sentencia se produjo la paradójica situación de que en la sentencia se establecieron más penas de muerte que las solicitadas por el fiscal, y que el vocal ponente, Antonio Troncoso, desenvainó su sable e hizo el ademán de atacar a uno de los acusados, Mario Onaindia.

Los querellantes Jon Etxabe Garitacelaya y Enrique
Guesalaga Larreta, juzgados en dicho proceso y condenados a 50
años de cárcel cada uno lo inculpan en su testimonio.-

También, participó en el proceso 28/69, a través del
cual se condenó a pena de muerte a Andoni Arrizabalaga
Basterretxe, también sometió a proceso a Ignacio García
Arramberri y Jon Arrizabalga Basterretxea, quienes lo inculpan
con su testimonio (fs. 9083). Lo mismo sucede con el proceso
66/69 de los cuales fueron víctimas Alberto Gabikagogeaskoa
Mentxaka, Josu Naberan Naberan y Javier o Xavier Amuriza
Zarraonoindia, quienes lo inculpan con su testimonio (fs.
9083/vta).

Constancias probatorias:
1. Declaración testimonial de Jon Etxabe Garitacelaya,
fs. 7370/7373.-
2. Querella promovida por Enrique Guesalaga Larreta;
(fs. 11461/11646)
3. Declaración testimonial de Jon Ugutz Arrizabalaga
Basterrechea (fs. 5489/92).-
4. Denuncia de Alberto Gabikagogeaskoa Mentxaka
(fs. 7013).-
5. Denuncia de Josu Naberan Naberan, (fs. 7015),
quien expone que el 30 de Mayo de 1969, entró en los bajos del
Obispado de Bilbao c/ Alameda Mazarredo junto a 5 sacerdotes
vizcaínos dispuestos a realizar una huelga de hambre, a la vez que
lanzaron un manifiesto contra la tortura. Debido a ello un Tribunal
Militar Sumarísimo les aplicó penas de diez y doce años a puertas
cerradas. Señala que con la anuencia de JOSE MARIA CIRARDA
irrumpió la policía en los locales del Obispado interrumpiendo la
huelga de hambre. Estuvo tres días en la Comisaría de Indauxtu,
donde no fue torturado pero fue sometido al consejo de guerra en
los cuarteles de Burgos, acusado de Rebelión Militar. Fue
condenado a 12 años. Señala como responsable del Tribunal a
UBALDO DE LA TORRE ALONSO, ALBERTO AZNAR
Poder Judicial de la Nación
JUZGADO CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL 1
CFP 4591/2010
FELIX, ENRIQUE RODRIGUEZ PEREZ, MANUEL BATALLA
Y MONTERO ESPINOSA, CARLOS ALONSO MIÑON,
MANUEL MARTINEZ CASTILLO Y ANTONIO TRONCOSO
DE CASTRO (fs. 7015).
6. Denuncia Javier o Xavier Amuriza Zarraonoindia
(fs. 7016, quien que la primera vez que lo encarcelaron en la Cárcel
de Zamora fue el día 15 de Agosto de 1968, junto a otros cinco
sacerdotes, en todos los casos por impago de multas. Luego fue
encarcelado una segunda vez a finales de junio de 1969 por
participar en la Huelga de Hambre en el sótano del Obispado de Bilbao con otros cuatro sacerdotes. Fueron condenados por juicio sumarísimo a 10 y 12 años de prisión. Los pusieron en celdas de castigo y comenzaron otra huelga de hambre, los trasladaron a Madrid y luego nuevamente a Zamora, donde estuvo detenido hasta el año 1975. Señala que tres meses antes que él fue liberado 2431)  Nicolás Tellería quien murió poco después de salir de la cárcel por la detención que padeció.

 Señala como responsables del
Tribunal a UBALDO DE LA TORRE ALONSO, ALBERTO
AZNAR FELIZ, ENRIQUE RODRIGUEZ PEREZ, MANUEL
BATALLA Y MONTERO ESPINOSA, CARLOS ALONSO
MIÑON, MANUEL MARTINEZ CASTILLO Y ANTONIO
TRONCOSO DE CASTRO (fs. 7016).,
7. Denuncia de Julen Kaltzada Ugalde y declaración
testimonial; refirió: que a su padre lo fusilaron el año 1937 junto a cinco personas. Siempre se encontró muy comprometido con la situación de la comunidad vasca. Participó en el encierro del
Seminario de Derio, entre otras actividades y fue parte del Juicio Sumarísimo 66/69 con una condena de 12 años. También fue imputado -sin saber porque- en el Juicio de Burgos 31/69 junto a Jon Etxabe. Fue condenado a 12 años de prisión y un día. La condena la cumplió en la cárcel de Zamora. Señala como
responsables del Sumarísimo 66/69 a UBADO DE LA TORRE
ALONSO, ALBERTO AZNAR FELIX, ENRIQUE RODRIGUEZ
PEREZ, MANUEL BATALLA Y MONTERO DE ESPINOSA,
CARLOS ALONSO MIÑON, MANUEL MARTINEZ
CASTILLO Y ANTONIO TRONCOSO DE CASTRO y como
responsables del Sumarísimo 31/69 a FRANCISCO MANCEBO
CARRERAS y a FELIX CALLS GARCIA (fs. 7019).- 

IX
Hechos que habré de imputarle a 
JOSE URTRERA MOLINA

El haber convalidado con su firma la sentencia de
muerte de Salvador Puig Antich.-

Constancias probatorias:
1. Fernando Souto Suárez, titular del DNI N°
32773338, en representación de la Comisión por la Recuperación
de Memoria Histórica de Coruña (CRMH), denuncian a: JOSÉ
MARÍA LÓPEZ DE LETONA Y NÚÑEZ DEL PINO, de 90 años
de edad, quien fue ministro de Industria entre los años 1969 y
1974; LICINIO DE LA FUENTE DE LA FUENTE, de 89 años de
edad, quien fue ministro de Trabajo entre los años 1969 y 1975;
ALBERTO MONREAL LUQUE, de 86 años de edad, quien fue
ministro de Hacienda entre los años 1969 y 1973; JOSÉ MARÍA
GAMAZO MANGLANO, de 82 años de edad, quien fue
subsecretario de la Presidencia entre los años 1973 y 1974;
ANTONIO BARRERA DE IRIMO, de 84 años de edad, quien fue
ministro de Hacienda entre los años 1973 y 1974; FERNANDO
LIÑAN Y ZOFIO, de 82 años de edad, quien fue ministro de
Información y Turismo entre los años 1973 y 1974; ANTONIO
CARRO MAARTÍNEZ, de 89 años de edad, quien fue ministro de
Presidencia entre los años 1974 y 1975; FERNANDO SUAREZ
GONÁLEZ, de 79 años de edad, quien fue ministro de Trabajo, de
marzo a diciembre del año 1975; JOSÉ MARIA SANCHEZ
VENTURA PASCUAL, de 90 años de edad quien fue ministro de
Justicia de marzo a diciembre del año 1975; JOSÉ UTRERA
MOLINA, de 86 años de edad, quien fue ministro de Vivienda
entre los años 1973 y 1974 y RODOLFO MARTÍN VILA, de 79
años de edad, quien fue ministro del Gobierno de UCD, desde el
mes de julio del año 1976 hasta el mes de abril del año 1979. En
esa misma denuncia presentan anexos entre ellos el N° 2, en el cual
se menciona que MANUEL FRAGA participó de crímenes
cometidos durante el periodo investigado.-

2. Denuncia de Mercedes Puig Antich de fs.
1962/2016 y declaración testimonial, de fecha 3 de diciembre de
2013, fs. 5102/04.-
La Sra. Mercedes Puig Antich, DNI nro. 46328547-S,
con domicilio en la calle Mas Bussoga de la Vall de Bianya 17813,
Girona, promovió querella con el patrocinio letrado de los Dres.
Máximo Castex y Ricardo Huñis, con domicilio constituido en la
Av. Corrientes 1515, 2° piso, oficina A, de esta ciudad, dando
cuenta del homicidio de su hermano Salvador Puig Antich,
cometido mediante garrote vil el 2 de marzo de 1974.Al respecto,
manifestó que su hermano era integrante del Movimiento Ibérico
de Liberación (MIL), y que el 23 de septiembre de 1973 fue herido
de bala por la policía española, habiendo sido capturado por la
fuerza e ingresado al Hospital Clínico de Barcelona, en calidad de
detenido para su curación, donde fue operado y le extrajeron dos
balas alojadas en la mandíbula y el hombro. Junto con su hermano
ingresó a dicho hospital un oficial de policía herido de bala, quien
falleció, refiriendo que no se investigó cuál fue la procedencia de
tales disparos dado que la autopsia del mismo habría sido
practicada en una comisaría de la Ciudad de Barcelona.-
Agregó que su hermano fue luego trasladado a la
cárcel Modelo de Barcelona, en donde se lo mantuvo en régimen
de aislamiento; que el 20 de diciembre de 1973 la ETA realizó un
atentado donde murió el Presidente Carrero Blanco, más que su
hermano no pertenecía a ese movimiento; y que en el mes de enero
de 1974 fue juzgado por el Consejo de Guerra, sin prueba alguna, y
sentenciado a muerte, cumpliéndose su ejecución con fecha 2 de
marzo de 1974.-

La querellante manifestó que JOSÉ UTRERA fue uno
de los ministros del gobierno de la dictadura de Franco, quien
firmó la sentencia a muerte de Salvador Puig Antich (v. fs.
2014/2015).-

A su vez, de la declaración de Mercedes Puig Antich
obrante a fs. 1351/1352 se desprende que Salvador Puig Antich,
pertenecía al MIL (Movimiento Ibérico de Liberación); el día 23 de
septiembre de 1973 fue herido en un tiroteo con la policía
española, fue capturado y enviado al Hospital Clínico de
Barcelona. Luego fue trasladado a la cárcel Modelo de Barcelona.-
En enero de 1974 se celebró bajo jurisdicción militar
el juicio por el asesinato del Presidente del gobierno franquista
Carrero Blanco, por el cual fuera condenado a la pena de muerte,
condena que se ejecutaría el día 2 de marzo de 1974.-

Se señaló como quienes firmaron la sentencia de
muerte a JUAN GARCÍA HERNÁNDEZ, LICINIO DE LA
FUENTE, JOSÉ UTRERA MOLINA y como Juez Instructor de la
causa a NEMESIO ÁLVAREZ.

Salvador Puig Antich, fue asesinado a “garrote vil” en
el año 1974, cuando tenía 23 años. La policía lo detuvo,
oportunidad que recibió dos o tres culatazos en la cabeza y antes de
entrarlo en un portal le sacaron un arma que llevaba en la chaqueta.
De la detención salió con golpes en la cabeza, un balazo en el
hombro y otro en la mandíbula y un policía murió.-

Según se indica el informe forense sobre la muerte del
policía fue manipulado. Además, el atentado que sufre Carrero
Blanco, que era Presidente del gobierno, le es atribuido a Puig
Antich, usándolo de “chivo expiatorio”.-

Por último, se señalan irregularidades en el juicio
militar que afrontó el nombrado que terminó con una sentencia
condenatoria que fue ejecutada el 2 de marzo de 1974, oportunidad
en la que pierde la vida (fs. 5102/5104).-

3. Copia de la sentencia de muerte de Salvador Puig
Antich, glosada a fs. 5046/52.-

X
Hechos que habré de imputarle a 
FERNANDO SUÁREZ GONZÁLEZ

El haber convalidado con su firma las sentencias de
muerte de José Humberto Baena, José Luís Sánchez Bravo, Ramón
García Sanz; Juan Paredes Manot y Ángel Otaegui Etxebarria,
fusilados el 27 de septiembre de 1975.-

Constancias probatorias:
1. Presentación de los Dres. Huñis y Castex, obrante a
fs. 2451/2475 que da cuenta que Vladimiro Fernández Tovar,
titular del DNI n° 5.213.495-Q, denunció que fue detenido en el
mes de julio de 1975, en Madrid y conducido a la Dirección
General de Seguridad, acusado de ser miembro del Frente
Revolucionario Antifascista y patriota, grupo a quien se le imputó
una muerte de un policía. Allí fue torturado, apaleado y amenazado de muerte por parte del COMISARIO ROBERTO CONESA Y CARLOS DOMINGUEZ SANCHEZ. 

El 25 de julio lo trasladaron
a la Prisión Provincial de Carabanchel (Madrid) y lo encerraron en
las celdas preventivas bajas o celdas de castigo hasta finales de
agosto. Señaló que el instructor de su sumario fue el
COMANDANTE MARIANO MARÍN BENAVIDES. Señaló que
el tribunal militar se constituyó el 12 de septiembre en el
acuartelamiento de El Goloso, a unos 14 km de Madrid. Señaló
distintas irregularidades en el juicio. El tribunal militar estaba
integrado por el Coronel de Infantería FRANCISCO
CARBONELL CADENAS DE LLANO, Capital Auditor y vocal
ponente JESÚS CEJAS MOHEDANO, Vocales Capitán JOSE
REY MORA, Capitán ANGEL URQUIJO QUIROGA, Capitán
JUAN GARCIA SARO, Fiscal Teniente Coronel RAMÓN
GONZÁLEZ ARNAO.-

El 26 de septiembre se reunió el Consejo de Ministros
que dio “el enterado” a cinco penas de muerte: José Humberto
Baena Alonso, José Luis Sánchez Bravo Sollas, Ramón García
Sanz, Juan Paredes Manot y Ángel Otaegui Echeverría. A su vez,
fueron indultados José Antonio Garmendia Artola, Concepción
Tristán López, María Jesús Dasca Panelas, Manuel Cañaveras de
Garcia, Manuel Blanco Chivite y Vladimiro Fernández Tovar,
quien permaneció detenido en la prisión de Carabanchel hasta
mediados de mayo de 1976, luego trasladado al Puerto de Santa
María donde recupero su libertad el día 8 de noviembre de 1977.-

Los miembros del Consejo de Ministros que aún viven
son: JOSE GARCIA HERNANDEZ, FERNANDO SUAREZ
GONZALEZ, ANTONIO CARRO MARTINEZ Y JOSE MARIA
SANCHEZ-VENTURA PASCUAL.-

2. Declaración testimonial de Pablo Mayoral Rueda de
fecha 3 de diciembre de 2013, (fs. 5105/06vta).-
3. Denuncia de Manuel Antonio Blanco Chivite de fs.
775/794vta, y declaración testimonial de fecha 23 de abril de 2012,
fs. 821/vta.-
4. Denuncia de María Flor Baena Alonso; de fecha 10
de abril de 2012, fs. 829/861.-
5. De la declaración de María Victoria Sánchez-Bravo
Sollas obrante a fs. 1346 se desprende que José Luís Sánchez
Bravo Sollas fue detenido y luego torturado en la Dirección
General de Seguridad, identificando como su principal torturador
al miembro de la Brigada Político Social JUAN ANTONIO
GONZÁLEZ PACHECO “BILLY EL NIÑO”. Posteriormente fue
sometido a un Consejo de Guerra Sumarísimo, condenado y
fusilado el día 27 de septiembre de 1975 (ver fs. 1346).
Formaron parte del Consejo de Guerra: Presidente,
CORONEL RICARDO OÑATE DE PEDRO; Auditor
Comandante, CARLOS RODRÍGUEZ DAVESA; Vocales
Capitanes, JOSÉ GARCÍA GUERRERO, PEDRO SÁNCHEZ
CASTRO, JOSÉ MIGUEL DE LA CALLE. Asimismo integraron
el Consejo de Ministro que firmó la sentencia de muerte de José
Luis Sánchez Bravo Sollas, JOSÉ GARCÍA HERNÁNDEZ,
FERNANDO SUÁREZ GONZÁLEZ, JOSÉ MARÍA SÁNCHEZVENTURA PASCUAL.-
6. Fernando Souto Suárez, titular del DNI N°
32773338, en representación de la Comisión por la Recuperación
de Memoria Histórica de Coruña (CRMH), denuncian a: JOSÉ
MARÍA LÓPEZ DE LETONA Y NÚÑEZ DEL PINO, de 90 años
de edad, quien fue ministro de Industria entre los años 1969 y
1974; LICINIO DE LA FUENTE DE LA FUENTE, de 89 años de
edad, quien fue ministro de Trabajo entre los años 1969 y 1975;
ALBERTO MONREAL LUQUE, de 86 años de edad, quien fue
ministro de Hacienda entre los años 1969 y 1973; JOSÉ MARÍA
GAMAZO MANGLANO, de 82 años de edad, quien fue
subsecretario de la Presidencia entre los años 1973 y 1974;
ANTONIO BARRERA DE IRIMO, de 84 años de edad, quien fue
ministro de Hacienda entre los años 1973 y 1974; FERNANDO
LIÑAN Y ZOFIO, de 82 años de edad, quien fue ministro de
Información y Turismo entre los años 1973 y 1974; ANTONIO
CARRO MAARTÍNEZ, de 89 años de edad, quien fue ministro de
Presidencia entre los años 1974 y 1975; FERNANDO SUAREZ
GONÁLEZ, de 79 años de edad, quien fue ministro de Trabajo, de
marzo a diciembre del año 1975; JOSÉ MARIA SANCHEZ
VENTURA PASCUAL, de 90 años de edad quien fue ministro de
Justicia de marzo a diciembre del año 1975; JOSÉ UTRERA
MOLINA, de 86 años de edad, quien fue ministro de Vivienda
entre los años 1973 y 1974 y RODOLFO MARTÍN VILA, de 79
años de edad, quien fue ministro del Gobierno de UCD, desde el
mes de julio del año 1976 hasta el mes de abril del año 1979. En
esa misma denuncia presentan anexos entre ellos el N° 2, en el cual
se menciona que MANUEL FRAGA participó de crímenes
cometidos durante el periodo investigado.-

XI
Hechos que habré de imputarle a
 JESÚS CEJAS MOHEDANO

El haber convalidado con su firma, como vocal auditor
en el Consejo de Guerra, las sentencias de muerte de José
Humberto Baena, José Luís Sánchez Bravo, Ramón García Sanz;
Juan Paredes Manot y Ángel Otaegui Etxebarria, fusilados el 27 de
septiembre de 1975.-

Constancias probatorias:
1. Presentación de los Dres. Huñis y Castex, obrante a
fs. 2451/2475 que da cuenta que Vladimiro Fernández Tovar,
titular del DNI n° 5.213.495-Q, denunció que fue detenido en el
mes de julio de 1975, en Madrid y conducido a la Dirección
General de Seguridad, acusado de ser miembro del Frente
Revolucionario Antifascista y patriota, grupo a quien se le imputó
una muerte de un policía. Allí fue torturado, apaleado y amenazado
de muerte por parte del COMISARIO ROBERTO CONESA Y
CARLOS DOMINGUEZ SANCHEZ. El 25 de julio lo trasladaron
a la Prisión Provincial de Carabanchel (Madrid) y lo encerraron en
las celdas preventivas bajas o celdas de castigo hasta finales de
agosto. Señaló que el instructor de su sumario fue el
COMANDANTE MARIANO MARÍN BENAVIDES. Señaló que
el tribunal militar se constituyó el 12 de septiembre en el
acuartelamiento de El Goloso, a unos 14 km de Madrid. Señaló
distintas irregularidades en el juicio. El tribunal militar estaba
integrado por el Coronel de Infantería FRANCISCO
CARBONELL CADENAS DE LLANO, Capital Auditor y vocal
ponente JESÚS CEJAS MOHEDANO, Vocales Capitán JOSE
REY MORA, Capitán ANGEL URQUIJO QUIROGA, Capitán
JUAN GARCIA SARO, Fiscal Teniente Coronel RAMÓN
GONZÁLEZ ARNAO.-

El 26 de septiembre se reunió el Consejo de Ministros
que dio “el enterado” a cinco penas de muerte: José Humberto
Baena Alonso, José Luis Sánchez Bravo Sollas, Ramón García
Sanz, Juan Paredes Manot y Ángel Otaegui Echeverría. A su vez,
fueron indultados José Antonio Garmendia Artola, Concepción
Tristán López, María Jesús Dasca Panelas, Manuel Cañaveras de
Garcia, Manuel Blanco Chivite y Vladimiro Fernández Tovar,
quien permaneció detenido en la prisión de Carabanchel hasta
mediados de mayo de 1976, luego trasladado al Puerto de Santa
María donde recupero su libertad el día 8 de noviembre de 1977.-

Los miembros del Consejo de Ministros que aún viven
son: JOSE GARCIA HERNANDEZ, FERNANDO SUAREZ
GONZALEZ, ANTONIO CARRO MARTINEZ Y JOSE MARIA
SANCHEZ-VENTURA PASCUAL.-

2. Declaración testimonial de Pablo Mayoral Rueda de
fecha 3 de diciembre de 2013, (fs. 5105/06vta).-
3. Denuncia de Manuel Antonio Blanco Chivite de fs.
775/794vta, y declaración testimonial de fecha 23 de abril de 2012,
fs. 821/vta.-
4. Denuncia de María Flor Baena Alonso; de fecha 10
de abril de 2012, fs. 829/861.-

XII
 Hechos que habré de imputarle a 
MARTÍN VILLA

Responsable de la represión de la concentración de
trabajadores en Vitoria el 3 de marzo de 1.976 en la que fueron
asesinados los trabajadores Pedro Martínez Ocio, Francisco Aznar
Clemente, Romualdo Barroso Chaparro, José Castillo García y
Bienvenido Pereda Moral, y en la que hubo más de cien heridos,
muchos de ellos por armas de fuego Constancias probatorias:

1. Testimonios de la querella presentada por la
“Asociación 3 de marzo de Vitoria”, fs. 2360/2449vta.-
2. Declaración testimonial de Andoni Txasko (fs.
5108/13).-
3. El Sr. José Luis Martínez Ocio, DNI nro.
16.208.172-A, con domicilio en la calle Obispo Ballester 18, 6°
Izda de Victoria-Gasteis, Provincia de Álava-Araba, en su carácter
de Presidente de la Asociación de Víctimas 3 de Marzo, por
mandato de la Asamblea General del 28 de junio de 2012, y la
consiguiente Junta Directiva, promovió querella por el asesinato de
cinco obreros, ocurrido a resultas de los disparos efectuados por la
Policía Armada Española, el 3 de marzo de 1976, cuando
desalojaron una iglesia previamente “gaseada”, en la cual se
celebraba pacíficamente un asamblea de trabajadores en huelga,
hecho por el cual hubo más de un centenar de heridos.

Los obreros asesinados fueron: Pedro María Martínez
Ocio, 27 años de edad, Francisco Aznar Clemente, 17 años de
edad, Romualdo Barroso Chaparro, 19 años de edad; José Castillo
García, 32 años de edad; fallecido el 7 de marzo de 1976 por las
heridas sufridas; Bienvenido Pereda Moral, 30 años de edad;
fallecido el 5 de abril de ese año como consecuencia de las heridas
sufridas. Presentaron testimonio de ello, José Luis Martínez Ocio
(hermano del fallecido Pedro María Martínez Ocio, Diego Aznar
García, padre del fallecido Francisco Aznar Clemente, Evangelina
Barroso Chaparro, Blanca María Barroso Chaparro y Faustina
Chaparro Araujo hermanas y madre, respectivamente, de
Romualdo Barroso Chaparro.

Mencionó además que los heridos en ese suceso
fueron: Daniel Antonio Porras, José Antonio Martínez Heras, José
Luis Bóveda Zalduendo, Francisco Ausín González, José María
Ortiz, Julio Jesús Ruiz Garrido, Luis María Sáez de Ibarra Atauri,
M Ángel Ortiz de Urbina Bardeci, Marcelino Santamaría Blas,
Félix Alvarado Herran, Jesús María Ormaetxea Antepara,
Cristóbal Treviño García, Andrés Boyero Domínguez, José Luis
Maestro Maestro, Julián Ocejo Díez, Laurentino Bustillo García,
Norberto Mujica Díaz, José María Fuentes Llorente, Sixto
Tamargo Marín, Francisco Javier Manzanos Bañuelos, Guillermo
González Prieto, José Ignacio Plazaola Sánchez, Ladislao Millan
Montoya, Juan Carrasco Claver Justino Rodríguez Prieto, Juan
Boyero Salgado, Consuelo Lastra Fernández, Amelia Glz.
Pariente, M Ángel López de Uralde Mtz, Alberto Olalde Azkorreta,
Luis Lobera Palomar, Ángel López Archeli, José Sáenz de Ugarte
Corres, Florencio Guillen Moreno , Antonio Ruiz Capillas, Fermín
Rodríguez García, Pedro Sanz Arias, Manuel Pizarro Fernández,
Javier Martínez García, Francisco San Juan, Francisco José
Fraile, Luis Fuente García, Eladio Jesús Medrano Fernández,
Santiago Durán Fernández, Agustín Plaza Fernández, Ignacio del
Valle del Rivero, Pedro Salas Romero, Isidra Bartolomé, Gonzalo
Castellano Marquínez, Pedro Velázquez Gallego, Teodoro Vadillo
López , Pedro María Ortiz Barredo, Luis García Marín, Faustina
Merino, Arcadio Mayo Lobato, Ángel Fernández de Labastida,
Rafaela Galán, Pedro Miranda Villares, María Carmen Fernández
de Roitegui, José Abel Vicari, José Urbina, María Cortabarria,
Lázaro Benítez, Ramón Bruñas Ruiz, J. Ignacio Iturricha Fdz. de
Trocóniz, José Antonio Padilla, Raquel Albian, Eusebio Nevado,
Pedro Díaz de Garayo, María del Carmen Seoana. Máximo
Rodríguez, Santiago Arrausi, Juan Carlos García, Juan Antonio
Gonzalo, Francisco Pascual, Féliz Unzalu, Florencio OriveMartín
Lopó.

El 4 de marzo resultaron heridos: Andoni Txasko Díaz,
Javier Carlos García Casado, Ángel López, Francisco Justel
Pernia, Francisco Escribano, Juan María Usobiaga Iriondo.
Manifestó además, que tras las muestras de solidaridad expresados
por el Estado español y en Euskal Herria, se produjeron nuevas
represiones resultando el fallecimiento de Juan Gabriel Rodrigo
Knafo, de 20 años de edad, fallecido el 6 de marzo, Vicente Antón
Ferrero de 18 años de edad, fallecido el 8 de marzo y Mario
Marota de 53 años de edad, fallecido el 14 de marzo.
Señaló el denunciante que las autoridades en ejercicio
al momento de tales hechos fueron: S.M. JUAN CARLOS I (Jefe
de Estado); CARLOS ARIAS NAVARRO (Presidente de
Gobierno); FERNANDO DE SANTIAGO Y DÍAZ DE
MENDÍVIL (Vicep. para Defensa); MANUEL FRAGA
IRIBARNE (Vicep. para Interior y Gobernación); JUAN
MANUEL VILLAR MIR (Vicep. para AAEE y Haciendo);
ALFONSO OSORIO GARCÍA (Presidencia); JOSÉ MARÍA DE
AREILZA Y MTZ DE RODAS (Asuntos Exteriores); ANTONIO
GARRIGUEZ Y DÍAZ CAÑABATE (Justicia); FÉLIX
ÁLVAREZ-ARENAS Y PACHECO (Ejército); CARLOS
FRANCO IRIBARNEGARAY (Aire); GABRIEL PITA DE
VEIGA Y SANZ (Marina); CARLOS PÉREZ DE BRICIO
OLARIAGA (Industria); LEOPOLDO CARLOS-SOTELO Y
BUSTELO (Comercio); ANTONIO VALDÉS Y GONZÁLEZROLDÁN (Obras Públicas); VIRGILIO OÑATE GIL
(Agricultura); FRANCISCO LOZANO VICENTE (Vivienda);
JOSÉ SOLIS RUIZ (Trabajo); CARLOS ROBLES PIGUER
(Educación y Ciencia); ADOLFO MARTÍN-GAMERO y
GONZÁLEZ POSADA (Información y Turismo); ADOLFO
SUÁREZ GONZÁLEZ (Secretario Gral. del Movimiento);
RODOLFO MARTÍN VILLA (Relaciones Sindicales).-

4. Fernando Souto Suárez, titular del DNI N°
32773338, en representación de la Comisión por la Recuperación
de Memoria Histórica de Coruña (CRMH), denuncian a: JOSÉ
MARÍA LÓPEZ DE LETONA Y NÚÑEZ DEL PINO, de 90 años
de edad, quien fue ministro de Industria entre los años 1969 y
1974; LICINIO DE LA FUENTE DE LA FUENTE, de 89 años de
edad, quien fue ministro de Trabajo entre los años 1969 y 1975;
ALBERTO MONREAL LUQUE, de 86 años de edad, quien fue
ministro de Hacienda entre los años 1969 y 1973; JOSÉ MARÍA
GAMAZO MANGLANO, de 82 años de edad, quien fue
subsecretario de la Presidencia entre los años 1973 y 1974;
ANTONIO BARRERA DE IRIMO, de 84 años de edad, quien fue
ministro de Hacienda entre los años 1973 y 1974; FERNANDO
LIÑAN Y ZOFIO, de 82 años de edad, quien fue ministro de
Información y Turismo entre los años 1973 y 1974; ANTONIO
CARRO MAARTÍNEZ, de 89 años de edad, quien fue ministro de
Presidencia entre los años 1974 y 1975; FERNANDO SUAREZ
GONÁLEZ, de 79 años de edad, quien fue ministro de Trabajo, de
marzo a diciembre del año 1975; JOSÉ MARIA SANCHEZ
VENTURA PASCUAL, de 90 años de edad quien fue ministro de
Justicia de marzo a diciembre del año 1975; JOSÉ UTRERA
MOLINA, de 86 años de edad, quien fue ministro de Vivienda
entre los años 1973 y 1974 y RODOLFO MARTÍN VILA, de 79
años de edad, quien fue ministro del Gobierno de UCD, desde el
mes de julio del año 1976 hasta el mes de abril del año 1979. En
esa misma denuncia presentan anexos entre ellos el N° 2, en el cual
se menciona que MANUEL FRAGA participó de crímenes
cometidos durante el periodo investigado.-

XIII
Hechos que habré de imputarle a 
JESÚS GONZALEZ REGLERO

Haber participado en las torturas inflingidas el 20
de febrero de 1975 de Alfredo Rodríguez Bonilla y Francisca
Villar en la Dirección General de Seguridad de Puerta del Sol,
Madrid.-

Constancias probatorias:
1. Querella de Alfredo Rodríguez Bonilla, incorporado
a fs. 2081/98, testimonio de fs. 2086/89, en el cual manifestó: “En
ese momento nos agarraron por el pelo (Francisca lo llevaba
especialmente largo en esa época), y a mí me llevaron por un
pasillo que comunicaba a distintos despachos, según iba
amenazando por el pasillo los policías que se encontraban ahí me golpearon e insultaban, no puedo recordar el número ya que intentaba, con las limitaciones que da estar esposado, protegerme la cara. Al final del pasillo a mano izquierda, se encontraba un despacho que daba a la calle Carretas, y que constaba de dos mesas grises de metal y dos sillas, de pie se encontraba un Policía de aproximadamente 1,85cm, grueso (creo que se llamaba Sainz), que yo reconocía ya que le había visto actuar en algunas manifestación, y que sin lugar a dudas era el jefe de todos ellos, ya que era el que daba las órdenes. En una de las mesas se encontraba sentada el Inspector José Ignacio Giralte González y en la otra el Inspector Jesús González Reglero, este último con la cadena con la que fui detenido, sonriendo y haciéndola girar,
supongo que intentando amedrentarme. De pie se encontraba
Antonio González Pacheco y otros dos miembros de la Brigada
que no soy capaz de recordar.

El Inspector que daba las órdenes ¿Sainz?, mando
que me quitaron las esposas y que me situara a cierta distancia
de la pared (calculo que a unos 60 centímetros) y con las
piernas abiertas, los brazos apoyados sobre la misma y la
cabeza hacia abajo. Una vez situado en esa posición me golpeó
en un costado que me derribó, porque realmente era una
persona fuerte. Me volvieron a levantar y me obligaron a
ponerme en la misma posición, a partir de ese momento a cada
lado se puso un policía (José Ignacio Giralte González y Jesús
González Reglero), y me decían que bajara la cara, cada vez
que lo hacía me golpeaban en la misma, por la espalda recibí
golpes incluidos los que me propinaban con las propias
cadenas con las que fui detenido y patadas en la entrepierna.
Según que me iban golpeando, me decían ‘di que tu madre es
una puta, di que tu padre es un maricón, etc.’. A medida que la
sesión de tortura se prolongaba, iba perdiendo resistencia y me
caía al suelo con mayor frecuencia. En una de esas caídas, uno
de los policías (ya era incapaz de reconocer cual), se dirigió a
¿Sainz? Advirtiéndole del estado de que me encontraba,
entonces me levantó del suelo me empujó contra la pared, me
golpeo en los riñones y dijo que a partir de entonces me
golpearon en la espalda, estómago o en la cabeza. Lo que duró
la sesión lo desconozco ya que estuve noqueado durante un
tiempo. El siguiente recuerdo que tengo es en la enfermería del
a DGS…”.

Asimismo, agregó, “el día de mi declaración
recuerdo que subí a la BPS esposado con otro detenido, que por su
aspecto, también había sido torturado. El despacho estaba situado
a mitad del pasillo a mano derecha, había una mesa pequeña con
una máquina de escribir y tres sillas. Me hicieron sentar frente a
la mesa y con las manos esposadas detrás del apoyo de la silla. En
el interrogatorio se encontraban cinco inspectores, los dos
referidos, (Giralte y Reglero), y otros tres inspectores más de los
cuales desconozco sus nombres. El interrogatorio fue más suave
que los anteriores pero continuaron las vejaciones, insultos,
amenazas y golpes; si bien, (los golpes), creo que eran de menor
intensidad y se limitaban a la cabeza, ya que estaba a punto de
cumplir el tiempo reglamentario y posiblemente no querían que me
presentara ante el juez en peor estado del que ya me
encontraba…”.-

XIV
Hechos que habré de imputarle a 
RICARDO ALGAR BARRÓN

Haber participado en las torturas inflingidas a José
María Galante Serrano, quien relató que en su segunda detención, en la que permaneció diez días en la Dirección General de Seguridad.

Entre los policías que lo torturaron señaló
particularmente a RICARDO ALGAR BARRÓN y CELSO
GALVÁN ABASCAL; a ambos los citó entre los miembros de la
BPS que denunció al final de la declaración durante su tercera
detención y, en la cual hizo saber que se le tenía un odio particular
y que, si por él fuera, el damnificado no sería de los que salen
vivos de la DGS (fs. 9087/8).

Constancias probatorias:
1. Denuncia de José María Galante Serrano (fs.
775/94), quien relató que “En mi segunda detención, en la que
permanecí diez días en la DGS, entre los policías que me
torturaron y no señalé particularmente en mi testimonio anterior,
se encuentran RICARDO ALGAR BARRÓN y CELSO GALVÁN
ABASCAL; a ambos los cito entre los miembros de la BPS que
denunció al final de mi declaración. Además el primero de ellos
participó en malos tratos y vejaciones durante mi tercera
detención y, en la cuarta fue uno de los policías que me tomó
declaración, mediante la cual me hizo saber que me tenía un odio
particular y que, si por él fuera, yo sería de los que no salen vivos
de la DGS…” .-
2. Ratificación de Jose María Galante Serrano, el
pasado 21 de abril de 2012, a fs. 804/805.-
2. Miguél Ángel Gómez Álvarez aportó lista de
torturadores en las que figura el nombrado (fs. 12.778vta)

XV
 Hechos que habré de imputarle a 
FÉLIX CRIADO SANZ

Haber participado en las torturas denunciadas por Jon
Etxabe Garitacelaya, quien refirió que fue detenido el 11 de abril de 1.969 y estuvo 7 días en comisaría; y salvajemente torturado junto con otros militantes (los métodos de tortura fueron: golpes a mansalva, la rueda, la rana) en Zamora.-

Constancias probatorias:
1. Querella y testimonio brindado a través del sistema
de videoconferencia por Jon Etxabe Garitacelaya, el 18 de febrero
de 2.014 (fs. 7370).-
Declaración de Jon Etxabe Garitacelaya “fui detenido
el 11 de abril de 1969 y estuve 7 días en comisaría. Salvajemente
torturado junto con otros militantes: golpes a mansalva, la rueda,
la rana…el responsable de la detención e interrogatorios con
torturas fue D. Félix CRIADO SANZ, entre otros…”.-
2. Querella presentada por los curas de Zamora (fs.
7004/7234).-

XVI
Hechos que habré de imputarle a 
PASCUAL  HONRADO DE LA FUENTE

Haber participado de las torturas infligidas a Gerardo
Iglesias Argüelles, ex secretario del PCE y ex Presidente de
Izquierda Unida; quien habría sido detenido por la Brigada Político Social de Oviedo, bajo las órdenes de CLAUDIO RAMOS TEJEDOR, porque se lo acusaba de incitar a la huelga.  

Permaneció detenido en la comisaría 78hs., siendo brutalmente torturado (psíquica y físicamente) por varios miembros de la brigada mencionada; entre lo que se destacaron el policía PASCUAL HONRADO DE LA FUENTE y el inspector CLAUDIO RAMOS TEJEDOR. 
Desde ese momento fue objeto de una implacable
persecución: despidos de puestos de trabajo, citaciones constantes
a comparecer en comisarías y cuarteles, viéndose obligado a pasar
a la clandestinidad, con la consecuente pérdida de trabajo. El 26 de
enero de 1967 fue detenido nuevamente por la Brigada Político
Social y torturado por PASCUAL HONRADO DE LA FUENTE y
CLAUDIO RAMOS TEJEDOR y un “PALACIOS”. Ingresó en la
Prisión Provincial de Oviedo el 30 de enero del mismo año y fue
puesto a disposición del Tribunal de Orden Público, que lo
condenó a cuatro años de prisión (esa pena la cumplió
íntegramente, y menciona como abogado defensor a José Federico
de Carbajal, Presidente del Senado de España en el período de
1982-1989) (fs. 9088/9089).-

Constancias probatorias:
Querella presentada a fs. 7235/7323 por Gerardo
Iglesias, en la misma dice “Gerardo Iglesias Argüelles, nacido el 2
de julio de 1945, en Santa Rosa, Provincia de Oviedo, trabajador
minero en el Pozo Carbones de la Nueva, a la edad de 17 años, en
1963, fue detenido por la Brigada Político Social de Oviedo, bajo
las órdenes de CLAUDIO RAMOS TEJEDOR. Se lo acusaba de
incitar a la huelga. Permaneció detenido en la comisaría 78hs.,
siendo brutalmente torturado (psíquica y físicamente) por varios
miembros de la brigada mencionada. Se destacaron en las torturas
el policía PASCUAL HONRADO DE LA FUENTE y el propio
inspector CLAUDIO RAMOS TEJEDOR. Desde ese momento fue
objeto de una implacable persecución: despidos de puestos de
trabajo, citaciones constantes a comparecer en comisarías y
cuarteles, (a las que no se presentaba para eludir a la tortura),
viéndose obligado a pasar a la clandestinidad, con la consiguiente
pérdida de trabajo…” “…El 26 de enero de 1967 fue detenido
nuevamente por la Brigada Político Social y torturado entre otros
por PASCUAL HONRADO DE LA FUENTE y CLAUDIO RAMOS TEJEDOR, ya mencionados y un tal “PALACIOS”. Ingresó en la Prisión Provincial de Oviedo el 30 de enero del mismo año y fue puesto a disposición del Tribunal de Orden Público, que lo condenó a cuatro años de prisión esta pena la cumplió en su integridad y se negó a redimir pena por trabajo (Menciona como abogado defensor a José Federico de Carbajal, Presidente del Senado de España en el período de 1982-1989).-

XVI
Hechos que habré de imputarle a PASCUAL
HONRADO DE LA FUENTE

Haber participado de las torturas infligidas a Gerardo
Iglesias Argüelles, ex secretario del PCE y ex Presidente de
Izquierda Unida; quien habría sido detenido por la Brigada Político
Social de Oviedo, bajo las órdenes de CLAUDIO RAMOS
TEJEDOR, porque se lo acusaba de incitar a la huelga. Permaneció
detenido en la comisaría 78hs., siendo brutalmente torturado
(psíquica y físicamente) por varios miembros de la brigada
mencionada; entre lo que se destacaron el policía PASCUAL
HONRADO DE LA FUENTE y el inspector CLAUDIO RAMOS
TEJEDOR. Desde ese momento fue objeto de una implacable
persecución: despidos de puestos de trabajo, citaciones constantes
a comparecer en comisarías y cuarteles, viéndose obligado a pasar
a la clandestinidad, con la consecuente pérdida de trabajo. El 26 de
enero de 1967 fue detenido nuevamente por la Brigada Político
Social y torturado por PASCUAL HONRADO DE LA FUENTE y
CLAUDIO RAMOS TEJEDOR y un “PALACIOS”. Ingresó en la
Prisión Provincial de Oviedo el 30 de enero del mismo año y fue
puesto a disposición del Tribunal de Orden Público, que lo
condenó a cuatro años de prisión (esa pena la cumplió
íntegramente, y menciona como abogado defensor a José Federico
de Carbajal, Presidente del Senado de España en el período de
1982-1989) (fs. 9088/9089).-

Constancias probatorias:
Querella presentada a fs. 7235/7323 por Gerardo
Iglesias, en la misma dice “Gerardo Iglesias Argüelles, nacido el 2
de julio de 1945, en Santa Rosa, Provincia de Oviedo, trabajador
minero en el Pozo Carbones de la Nueva, a la edad de 17 años, en
1963, fue detenido por la Brigada Político Social de Oviedo, bajo
las órdenes de CLAUDIO RAMOS TEJEDOR. Se lo acusaba de
incitar a la huelga. Permaneció detenido en la comisaría 78hs.,
siendo brutalmente torturado (psíquica y físicamente) por varios
miembros de la brigada mencionada. Se destacaron en las torturas
el policía PASCUAL HONRADO DE LA FUENTE y el propio
inspector CLAUDIO RAMOS TEJEDOR. Desde ese momento fue
objeto de una implacable persecución: despidos de puestos de
trabajo, citaciones constantes a comparecer en comisarías y
cuarteles, (a las que no se presentaba para eludir a la tortura),
viéndose obligado a pasar a la clandestinidad, con la consiguiente
pérdida de trabajo…” “…El 26 de enero de 1967 fue detenido
nuevamente por la Brigada Político Social y torturado entre otros
por PASCUAL HONRADO DE LA FUENTE y CLAUDIO RAMOS TEJEDOR, ya mencionados y un tal “PALACIOS”. Ingresó en la Prisión Provincial de Oviedo el 30 de enero del mismo año y fue puesto a disposición del Tribunal de Orden Público, que lo condenó a cuatro años de prisión esta pena la cumplió en su integridad y se negó a redimir pena por trabajo (Menciona como abogado defensor a José Federico de Carbajal, Presidente del Senado de España en el período de 1982-1989).-

XVII
 Hechos que habré de imputarle a 
JESÚS MARTÍNEZ TORRES

Haber participado en las torturas inflingidas a José
Aznar Cortijo, quien fue detenido en el camino a Barcelona

Constancias probatorias:
Querella y testimonio de José Aznar Cortijo, obrante a
fs. 13181/241vta, quien refirió quien refirió que en su segunda
detención, lo metieron en el coche y en el suelo del mismo se
pusieron a patearlo en la espalda y en las piernas mientras que las
esposas se le clavaban en la espalada y piernas. Que al llegar a la
comisaría comenzaron las torturas que el querellante recuerda
como ejecutadas por bestias inhumanas, los golpeaban por todo el
cuerpo; al comenzar la tarde le aplicaban “el quirófano” que
consistía en que lo tiraban boca arriba en un escaló con la cabeza
hacia afuera y le deban golpes en la cara cuando caía hacia abajo
por el cansancio, y los volvían a levantar sujetados del pelo; los
agarraban del pelo y de las piernas y le tiraban de un lado a otro.
Señala que otra forma de tortura era no dejarlo dormir (lo subían y
bajaban de la celda todo el tiempo), lo dejaban esposado a un
radiador de pie y perdía el sentido por lipotimia, sueño, falta de
hidratación y cansancio.-

Agregó que “Los interrogatorios en los sucesivos días
eran de golpes entre dos o tres y aquí si recuerdo a uno que luego
lo ascendieron, se llamaba JESUS MARTINEZ TORRES, joven
que lo habían traido a Zaragoza en compañía de otro también
joven y rubio que también participaba con saña en los
interrogatorios, ayudado por el LEGIONARIO”.-

XVIII
Hechos que habré de imputarle a
BENJAMÍN SOLSONA CORTÉS

Haber participado en las torturas inflingidas a Juan
José López Hernando, titular del DNI N°22514310R, y a Francisco Camarasa Yañez, titular del DNI N° 22605770j acontecidas el 23 de abril de 1971, durante el Estado de Excepción en que se suspendió parcialmente el Fuero de los Españoles, fue detenido en Valencia por la Brigada Político Social, la policía política del franquismo, acusado de asociación ilícita (pertenecer al Partido Comunista de España) y propaganda ilegal, permaneció incomunicado 19 días en comisaría, siendo interrogado, sufriendo golpes en la cabeza y el cuerpo, patadas, empujones y amenazas
hacia él y su familia por parte de BENJAMÍN SOLSONA
CORTÉS, JACINTO LÓPEZ ACOSTA, MANUEL
BALLESTEROS, ÁNGEL CASTELLANO y otros. Refirió que
ingresó a la cárcel modelo de Valencia el 11 de mayo de 1971, y
presentó una denuncia contra los policías que lo torturaron ante el
Juzgado de primera instancia n°3 de Valencia, y permaneció en la
cárcel modelo de Valencia hasta el 6 de julio de 1971, al salir en
libertad provisional. Lo acusaron en el sumario 593/1971 por su
oposición a la dictadura y fue absuelto el 19 de mayo de
1975.También menciona a Francisco Camarasa Yañez como
víctima.-

Constancias probatorias:
1. Denuncia y testimonio de Juan José López
Hernando, de fs. 5721/5749; en el Consulado argentino en Madrid,
en la cual refirió “…acontecieron el 23 de abril de 1971, durante
el Estado de Excepción en que se suspendió parcialmente el Fuero
de los Españoles, fue detenido en Valencia por la Brigada Político
Social, la policía política del franquismo, acusado de asociación
ilícita (pertenecer al Partido Comunista de España) y propaganda
ilegal, permaneció incomunicado 19 días en comisaría, siendo
interrogado, sufriendo golpes en la cabeza y el cuerpo, patadas,
empujones y amenazas hacia él y su familia por parte de
BENJAMÍN SOLSONA CORTÉS, JACINTO LÓPEZ ACOSTA,
MANUEL BALLESTEROS, ÁNGEL CASTELLANO y otros. 

Refirió que ingresó a la cárcel modelo de Valencia el 11 de mayo de 1971, y presentó una denuncia contra los policías que lo torturaron ante el Juzgado de primera instancia n°3 de Valencia, y permaneció en la cárcel modelo de Valencia hasta el 6 de julio de 1971, al salir
en libertad provisional. Lo acusaron en el sumario 593/1971 por
su oposición a la dictadura y fue absuelto el 19 de mayo de 1975”
Denuncia de Francisco Camarasa Yañez presentada
en el consulado argentino de Madrid, fs. 5635/37, en la cual
refirió: “El 23 de abril de 1971 el Estado de Excepción en que se
suspendió parcialmente el Fuero de los Españoles, fui detenido de
madrugada en el domicilio familiar, en Valencia por la Brigada
Político Social, la policía política del franquismo, acusado de
asociación ilícita y propaganda ilegal, permanecí incomunicado
19 días en comisaría, siendo interrogado, sufriendo golpes en los
pies, la cabeza y el cuerpo, inmersiones en el agua, patadas en los
cogones y amenazas hacia mí y mi familia de los policías
BENJAMÍN SOLSONA CORTÉS, JACINTO LÓPEZ ACOSTA,
MANUEL BALLESTEROS, ÁNGEL CASTELLANO, LUIS EMILIO ÁVILA, y otros. Ingresé a la cárcel modelo de Valencia el 11 de mayo de 1971, denunciando ese día ante el Juez de Instrucción y el abogado fiscal que mi declaración policial se produjo obligada por las torturas físicas y psicológicas sufridas durante mi detención: Permanecí en la cárcel modelo de Valencia hasta el 6 de julio de 1971, al salir en libertad provisional. Fui procesado por el Tribunal de Orden Público en el sumario 593/1971 con una petición fiscal de 9 años de cárcel, por mi oposición al régimen franquista, siendo juzgado y condenado a seis meses por posesión de propaganda ilegal el 9 de mayo de 1975”.- 

XIX
Hechos que habré de imputarle a 
ATILANO DEL VALLE OTER

El haber disparado y arrojado por la ventana a Miguel
Jiménez Hinojosa, tras su detención en un piso de la ciudad de
Barcelona, el día 24 de abril de 1971.-

Constancias probatorias:
Denuncia y Testimonio del querellante Miguel
Jiménez Hinojosa, obrantes a fs. 13128/75, quien refirió “El 24 de
abril de 1971, con 23 años, es detenido por segunda vez en un piso
de Barcelona por los funcionarios de la Sexta Brigada Regional de
Investigación Social, ATILANO DEL VALLE OTER y
FRANCISCO RODRÍGUEZ ÁLVAREZ, quienes le disparan a
bocajarro y lo tiran por la ventana. Es trasladado a la Clínica San
Jorge, donde recibe los primeros auxilios. En vista de la gravedad
de las heridas es evacuado al Hospital Clínico de Barcelona,
donde le diagnostican conmoción cerebral con posible fractura de
la base del cráneo, fractura de pelvis, rotura hepática, contusiones
y heridas varias de pronóstico muy grave. Un consejo de guerra lo
condena a 16 años, tras lo cual recorre las cárceles franquistas de
Barcelona, Soria, Segovia y Jaén, durante 5 años, 6 meses y 4
días, y sale en libertad en octubre de 1976. Desde hace 20 años
está jubilado por incapacidad permanente total con el hígado
trasplantado…”.-

XX
Hechos que habré de imputarle a 
ABELARDO GARCÍA BALAGUER

Su participación en la sustracción del menor hijo de
Adela Carrasco Martínez, quien ingresó en el Hospital Municipal
de la Línea de la Concepción, en la Provincia de Cádiz, siendo
atendida por el nombrado quien le practicó el parto sin dolor, el
día 5 de Noviembre de 1967, que consiste en una técnica por la que
se duerme a la madre en el momento del parto. La matrona del
parto fue MARINA MARTIN MANUEL. Luego del parto le
informaron que el bebé nació muerto pero como Sara Carrasco
Martínez manifestó haberlo escuchado llorar le dijeron que nació
con vida y después falleció. La abuela de la denunciante fue a la
morgue a ver el bebé -al cual una monja bautizó como Jesús Díaz
Carrasco- y le mostraron un cadáver de un bebé más grande que
un recién nacido. En el año 2006 la denunciante concurre al
cementerio San José de la línea de la Concepción (Cádiz) donde
supuestamente se encontraba la tumba y le informaron que el bebé
no había sido enterrado allí. Asimismo, afirmó que tenía la
sospecha de que ella misma, nacida el 26 de septiembre del año
1962 tenía un hermano o hermana gemela de la cual no habría
ningún registro, ya que en la partida de nacimiento donde se indica
el sexo del bebe decía H-V pudiendo tratarse de Hembra y Varón,
el cual le habría sido sustraído a la madre; en dicho parto fue
atendido por el doctor CANDIDO NOGALES (fs. 3312/3325).-
Constancias probatorias:
1. Testimonio, documentación y querella aportada por
los Dres. Máximo Castex y Ricardo Daniel Huñis, apoderados de
la Asociación SOS BEBÉS ROBADOS EUSKADI, a través de su
presidenta María Flor de Lis Díaz Carrasco (fs. 3266/3805).-
2. Testimonio por videoconferencia de María Flor de
Liz Díaz Carrasco, celebrada el pasado 18 de febrero de 2012 (Fs.
7371/vta).-

:::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::

IV) NORMAS APLICABLES
La calificación jurídica asignable a las conductas
reprochadas a ANTONIO CARRO MARTINEZ, LICINO DE LA
FUENTE, ANTONIO BARRERA DE IRIMO, JOSE MARIA
SANCHEZ- VENTURA PASCUAL; ALFONSO OSORIO
GARCIA; JESUS QUINTANA SARACIBAR; CARLOS REY
GONZALEZ, JOSÉ UTRERA MOLINA, FERNADO SUÁREZ
GONZÁLEZ, RODOLFO MARTÍN VILLA, JESÚS CEJAS
MOHEDANO, y ANTONIO TRONCOSO DE CASTRO en el
marco de la legislación penal nacional, se ciñen a aquella contenida
en el artículo 80, inciso 6° del Código Penal (homicidio con la
circunstancia agravante de haber sido cometido con el concurso
premeditado de dos o más personas), respecto del mencionado en
último término, en grado de tentativa.-

La calificación legal asignable a las conductas
imputadas a JESÚS GONZALEZ REGLERO; RICARDO
ALGAR BARRÓN; FÉLIX CRIADO SANZ; PASCUAL
HONRADO DE LA FUENTE; JESÚS MARTÍNEZ TORRES;
BENJAMÍN SOLSONA CORTÉS; ATILANO DEL VALLE
OTER se circunscriben a aquellas previstas en el artículo 144ter.
del Código Penal de la Nación, y respecto del nombrado en último
término también en la contenida en el artículo 80, inciso 6to. del
Código de Rito, de conformidad con la regla contenida en el
artículo 44 del citado texto legal.-

Así la adecuación típica asignable a hechos
reprochados a ABELARDO GARCIA BALAGUER se subsume
en aquella contemplada en el artículo 146 del Digesto de fondo.-
Dichas conductas debe conjugarse en el caso concreto
con lo dispuesto respecto de la participación criminal en el Título
VII del Libro I del Código Penal, en especial, en el artículo 45, por
cuanto establece que “Los que tomasen parte en la ejecución del
hecho o prestasen al autor o autores un auxilio o cooperación sin
los cuales no habría podido cometerse, tendrán la pena
establecida para el delito. En la misma pena incurrirán los que
hubiesen determinado directamente a otro a cometerlo”.-

En conclusión los hechos de los que resultan
responsables ANTONIO CARRO MARTINEZ, LICINO DE LA
FUENTE, ANTONIO BARRERA DE IRIMO, JOSE MARIA
SANCHEZ- VENTURA PASCUAL; ALFONSO OSORIO
GARCIA; JESUS QUINTANA SARACIBAR; JOSÉ UTRERA
MOLINA, FERNADO SUÁREZ GONZÁLEZ, RODOLFO
MARTÍN VILLA, JESÚS CEJAS MOHEDANO, ANTONIO
TRONCOSO DE CASTRO y CARLOS REY GONZALEZ, son
sancionables, cada uno de ellos, con las penas de reclusión o
prisión perpetua prevista en el artículo 80, inciso 6° del Código
Penal (homicidio con la circunstancia agravante de haber sido
cometido con el concurso premeditado de dos o más personas),
conforme a la regla de participación criminal prevista en su artículo
45 (ya sea que los considere coautores, autores mediatos,
cooperadores necesarios o inductores).-

Los hechos de los que resulta responsable ANTONIO
TRONCOSO DE CASTRO constituyen tentativa de homicidio
agravado por el concurso premeditado de dos o más personas por
lo que le corresponde la pena de 15 a 20 años de reclusión perpetua
conforme a la regla del artículo 44 del Código Penal.-

Las conductas imputadas a JESÚS GONZALEZ
REGLERO; RICARDO ALGAR BARRÓN; FÉLIX CRIADO
SANZ; PASCUAL HONRADO DE LA FUENTE; JESÚS
MARTÍNEZ TORRES; BENJAMÍN SOLSONA CORTÉS;
ATILANO DEL VALLE OTER resultan sancionables con las
penas ocho a veinticinco años de prisión fijada para los
responsables de delitos de tortura previstos en el artículo 144ter.,
inciso 1° del Código Penal de conformidad a la regla de
participación criminal prevista en su artículo 45 (ya sea que se los
considere coautores, autores mediatos, cooperadores necesarios o
inductores).-

A ATILANO DEL VALLE OTER le resulta asimismo
aplicable la pena de 15 a 20 años de reclusión por tentativa de
homicidio agravado por el concurso premeditado de dos o más
personas, de conformidad con la regla contenida en el artículo 44
del Código Penal.-

Los sucesos reprochados a ABELARDO GARCIA
BALAGUER resultan constitutivos del delito de sustracción de un
menor de 10 años, sancionable con las penas de 5 a 15 años de
prisión, en el artículo 146 del Digesto de fondo.-

Todo ello sin perjuicio de la aplicación de penas más
benignas en su caso, si así resultare de las sanciones previstas en el
Código Penal en el momento de la comisión de los hechos.-
Los delitos constituyen crímenes de lesa humanidad
por lo que, en uno u otro caso la acción y la pena son
imprescriptibles y sus responsables están sujetos a persecución a
través de la aplicación del principio de jurisdicción universal, por
las consideraciones que fueron vertidas a lo largo de esta
resolución.-

V) DECLARACIÓN ACERCA DE LA
EXISTENCIA DE UNA ORDEN DE DETENCIÓN VIGENTE

En el día de la fecha quien suscribe resolvió
ordenar la detención preventiva de los nombrados con fines de
extradición y a efectos de recibirles declaración indagatoria en la
causa en que me dirijo, resolución que en copia se adjunta al
presente.-

VI) COMPROMISO EXPRESO
Oportunamente se formalizará por la vía
diplomática las solicitudes de extradición pertinentes.-

VII) OTRAS APLICACIONES
Se acompaña copia del Tratado de Extradición y
Asistencia Judicial en Materia Penal entre la República Argentina y
el Reino de España.-
Saludo a Usted muy atentamente.-

::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::

Hasta aqui parte del dossier de las 283 páginas de la jueza argetina, Servini de Cubría, que, ni que decir tiene, representa tan solo la punta de un iceberg que en su parte sumergida alberga a docenas de miles de impunes ejecutores de espantosos crimenes de Lesa Humanidad...cuyo Jefe y "Ex-Caudillo de España por la Gracia de Dios" sigue glorificado en su colosal pirámide faraónica de Cuelgamuros, el llamado Valle de los Caídos.
Hoy, 18 de Julio, Dia de la Infamia --que perdura hasta nuestros días--, no tenemos mas remedio que homenajear, recordandolas, a todas éstas infinitas víctimas, denunciando a ésta banda de Impunes Gangsters que murieron y viven bajo condecoraciones y buenas pagas.

Se calcula que España contaba con 22.000 policías de la Brigada Político Social en el año 1968. Esta policía de la Inquisición Fascista, con la bendición de la fiel Iglesia Católica, vigilaba hitlerianamente a la oposición del régimen a través de todos los métodos disponibles. La "comunidad internacional" lo sabia perfectamente y hacía como Cristo dijo en su parábola:

Hipócritas, raza de víboras, que coláis el mosquito  
y se tragais el camello.

Los camellos que se tragaban representaban el mayor de los Crimenes de Lesa Humanidad que se puede cometer:
EL GENOCIDIO, LA TORTURA,
dónde el ser humano
--los que quedaban vivos, o muertos vivos--,
era despojado de cuerpo, mente y alma,
para, por el terror y el miedo,
asegurar un régimen que se perpetuara
sobre estas espantosas y traumáticas coordenadas.

Lo más espantoso y SIGNIFICATICO es que, en pleno siglo XXI, éstos genocidas y torturadores aún siguen paseandose por las calles con medallas, condecoraciones y jubilaciones triples que las normales. Las víctimas también siguen paseandose por  las calles, pero en lugar de medallas y grandes pensiones, llevan en su destrozado espíritu la frustacion y rabia de ver como el Crimen Organizado que las destrozó sigue en el poder como si nada bubiése ocurrido. 

Nueve de éstos TORTURADORES tienen abierta una causa por parte de la jueza María Servini dentro de la Querella Argentina: Antonio González Pacheco alias ‘Billy el Niño’, Jesús González Reglero, Atilano del Valle, Ricardo Algar Barrón, Pascual Honrado, Jesús Martínez, Benjamín Solsona, Félix Criado y Celso Galván Abascal. 

A la INTERPOL nunca seran entregados
La razón es muy simple: 
la clase social  por la cúal torturaron 
sigue en el poder, sigue mandando: 
el el rey franquista es el Jefe del Estado. 
Nada igual en los tiempos contemporáneos ha pasado. 
El Trauma Histórico del Pueblo Español 
es evidente por todos lados:

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PD:
Esta entrevista complementará aún más
el entendimiento del Modelo de Impunidad
que la Dictadura Capitalista Internacional
le otorga a los Gangsters que trabajan para ella,
tomandose como arquetipo la Impunidad 
que tan bien se instaló en España

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