una banda de españoles,
con la bandera de la nación en el brazo,
en Afganistan, matando al pueblo afgano
Ni más ni menos.
Y me quedé pensando:
¿pero no se preguntaban éstos hombres y mujeres
del reino de España que hacían
a miles de kilómetros de sus casas,
de su país, de sus familias,
matando a pobres campesinos y habitantes
de un pueblo que no les había hecho nada,
nada en absoluto?
Y ésta no es una pregunta política, ideológica,
o, si se quiere, filosófica,
es una cuestión HUMANA,
sensible, justa, racional,
perteneciente al Principio de la Razón Suficiente, PRS.
¿Tanto nos han robado nuestra libertad,
nuestra dignidad, nuestra alma,
nuestras fibras solidarias con nuestros hermanos
que nos impiden pensar por nosotros mismos?
como sumisos y rastreros soldados,
y grado de conocimiento...
una sensibilidad y claros juicios,
¿Cuándo vamos a auto-liberarnos
de los mortales y estúpidos anzuelos
de democracia
derechos humanos,
nadie esta por encima de la ley
la justicia es igual para todos
elegimos a nuestros gobernantes
esto es inconstitucional,
éste es el "free world"...etc. etc...
cuándo son mantras realmente vacios
de un sistema que no duda,
cuando llega la hora,
de desplazar a sus legiones imperiales
a miles de kilómetros de distancia
para masacrar al pueblo de turno
y robarles lo que haya que robarles?;
porque es entónces cuándo vemos la desnuda realidad,
cuándo vemos y comprobamos
el engaño de todos esos mantras vacios
y su portentosa capacidad de engañar.
Pero lo extrañamente chocante,
innaudito y paradójico,
es que aqui no descubrimos nada nuevo,
que todos --los de dos dedos de frente--
lo sabemos muy bien y sin embargo
seguimos repitiéndo como loros
esos ridículos mantras.
¿Que raro, no?
Y es en ésto punto, dónde, muchas veces,
pasamos al plano antropológico al preguuntarnos,
¿qué es el hombre?,
¿qué somos?,
¿qué es éste NO EXIT,
éste "engaño universal" --como decía Orwell--
sobre el que hemos montado éste circo
que en éste aspecto que tratamos
es tan satánico y criminal
y que, para colmo surrealista ya,
¡¡funciona bajo el símbolo
de una Estatua de la Libertad!!?
Muy raro y patógeno.
Nada en el Entero Universo es igual.
Somos Unicos.
Y de aqui nuestra cósmica soledad.
Y aquí es también dónde entra la inqietante
visión de nuestros visitantes Cósmicos
en el NO EXIT de páginas anteriores.
¿Cómo me pudieron convencer
para que no me fuera con ellos?
La próxima vez no pasará...
y no me pasará porque ésta
"Libertad Duradera"
de la que disponemos aquí en la Tierra
--liderada por los HHG--
nos empieza a pesar...a pesar mucho
para poderla soportar.
1 . L A O P E R A C I Ó N « L I B E R T A D D U R A D E R A » E N A F G A N I S T Á N
Tras los atentados del 11 de septiembre de 2001, el Consejo del Atlántico Norte, máximo órgano de la OTAN, consideró que se cumplían los requisitos para aplicar la cláusula de ayuda mutua establecida en el artículo 5 del Tratado del Atlántico Norte. Era la primera vez en la historia de la OTAN que esto sucedía.
Estados Unidos decidió iniciar la operación militar Libertad Duradera, el 7 de octubre, con el apoyo del Reino Unido, sin que dicha operación se llevara a cabo en el marco de la OTAN. Tras una primera fase de bombardeos, con aviones y misiles de crucero Tomakawk, se inicia la ofensiva terrestre con la que la Alianza del Norte –en la que se apoya EEUU– toma las grandes ciudades y la mayor parte del territorio de Afganistán. Únicamente habían transcurrido dos meses desde el comienzo de la operación Libertad Duradera61 .
Tanto el Gobierno de EEUU como el del Reino Unido justificaron la guerra en el derecho de legítima defensa reconocido en el art. 51 de la Carta de las Naciones Unidas, considerando que la guerra tenía una finalidad preventiva, ya que su objetivo era impedir que se produjeran nuevos ataques62. Esta justificación fue seguida por otros Estados, entre ellos España63 .
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61 Sobre los dos primeros meses de Libertad Duradera véase Juan Manuel de FARAMIÑÁN GILBERT y José PARDO DE SANTAYANA Y GÓMEZ DE OLEA: 2009, 117-126. 62 Véanse las Cartas de 7 de octubre de 2001, dirigidas por el Representante Permanente de los Estados Unidos de América ante las Naciones Unidas (Documento de Naciones Unidas S/2001/946) y la carta enviada por el Encargado de Negocios interino de la Misión Permanente del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte (Documento de Naciones Unidas S/2001/947). 63 Diez días después del inicio de la guerra, tanto el entonces Presidente del Gobierno, José María Aznar López, como José Luis Rodríguez Zapatero, consideraron que los ataques se habían realizado en legítima defensa. Véase el Diario de Sesiones del Congreso de los Diputados de 18 de octubre de 2001. Pleno y Diputación Permanente. VII Legislatura, núm. 112, págs. 5425, 5427 y 5428.
2. RESULTATS DE RECERCA 1/2012
Las Operaciones Militares de España en el exterior 26 Libertad Duradera no fue autorizada previamente por el Consejo de Seguridad de Naciones Unidas. La Resolución 1386, de 12 de septiembre de 2001 se limitaba a reconocer el derecho de legítima defensa y a condenar los atentados; mientras que la Resolución 1373, de 28 de septiembre, adoptaba medidas contra la financiación de los actos de terrorismo y contra el apoyo a las organizaciones terroristas. En ambas Resoluciones se llevaba a cabo un reconocimiento en abstracto del derecho de legítima defensa64, pero no se autorizaba expresamente la realización de la llamada operación Libertad Duradera65 .
1 . 1 . LI B E R T A D D U R A D E R A Y E L D E R E C H O D E L E GÍ TIM A D E FE NS A
Es presupuesto para el ejercicio de la legítima defensa la existencia de un ataque armado. Aunque se haya entendido que los atentados terroristas del 11 de septiembre de 2001 en sí suponen un ataque armado debido a su magnitud66, el problema es si dicho ataque puede imputarse a Afganistán. El Gobierno talibán de Afganistán otorgó apoyo a la organización terrorista Al-Quaeda y permitió que estableciera campos de entrenamiento en su territorio. Estas actividades de apoyo al terrorismo, aunque suponen la comisión de un ilícito internacional al vulnerar el principio que prohíbe el uso directo o indirecto de la fuerza armada67, no pueden ser considerados como un ataque armado que permita reaccionar frente a él en legítima defensa68.
Pero incluso aunque se considerase que concurre el presupuesto del ataque armado, el ejercicio del derecho de legítima defensa se encuentra sometido a ciertos requisitos69 .
Así, no concurre la inmediatez, ya que la operación Libertad Duradera comenzó casi un mes después de los atentados del 11 de septiembre70. La legítima defensa también tiene que ser proporcionada. La operación Libertad Duradera, que dura ya más de nueve años, ha supuesto una guerra total en el territorio de Afganistán. Guerra que ha supues-
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64 En este sentido, Araceli MANGAS MARTÍN: 2005, 341-342, señala que en la Resolución 1368 el Consejo de Seguridad reconoció el derecho de legítima defensa, pero sin atribuirlo a ningún Estado y sin concretar qué Estado debía soportar la respuesta de legítima defensa. Alejandro POZO: 2011b, 2, insiste en que las Resoluciones 1.368 y 1.373 no mencionan ni una sola vez las palabras “Afganistán”, “talibán” o “Al Qaeda”. 65 En contra, el General Consejero Togado José Luis RODRÍGUEZ-VILLASANTE Y PRIETO: 2007, 93 y 121, considera que la operación Libertad Duradera se encuentra amparada por el derecho de legítima defensa, citando en su apoyo las Resoluciones del Consejo de Seguridad 1386 (2001), 1510 (2003), 1563 (2004), 1623 (2005), 1662 (2006) y 1659 (2006). También Javier ROLDÁN BARBERO: 2008, 31, considera que el Consejo de Seguridad «avaló la invasión de Afganistán por parte de Estados Unidos como respuesta legítima a los atentados del 11 de septiembre de 2001»; citando en su apoyo las Resoluciones 1368 y 1373. Esta postura es minoritaria entre los estudiosos del derecho internacional. 66 Cesáreo GUTIÉRREZ ESPADA: 2001, 50-51; Javier A. GONZÁLEZ VEGA: 2001, 251. 67 Cesáreo GUTIÉRREZ ESPADA: 2001, 53, hace referencia a la resolución 2625 (XXV) de 24 de octubre de 1970, apartados octavo y noveno [Declaración sobre los principios de Derecho internacional referentes a las relaciones de amistad y a la cooperación entre los Estados de conformidad con la Carta de Naciones Unidas]. 68 Cesáreo GUTIÉRREZ ESPADA: 2001, 53; un análisis de las posturas a favor y en contra en Javier A. GONZÁLEZ VEGA: 2001, 253-256. 69 Véase el apartado 1.4.1 del Capítulo 1. 70 Antonio Francisco FERNÁNDEZ TOMÁS: 2001, 211; José Antonio PASTOR RIDRUEJO: 2007, 739.
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to graves violaciones del derecho humanitario bélico que deben calificarse como crímenes de guerra71. Por ello tampoco se cumple el requisito de proporcionalidad72. Finalmente, tampoco se ha tratado de una actividad provisional hasta que el Consejo de Seguridad adopte las medidas necesarias para mantener la paz y seguridad internacionales (art. 51 de la Carta de las Naciones Unidas)73 .
En conclusión, la operación Libertad Duradera debe calificarse como un acto de agresión, como una guerra de agresión que vulnera el derecho internacional y que no puede considerarse cubierta por el ejercicio del derecho de legítima defensa.
1 . 2 . L A P A R TI CI P A CI Ó N ES P A Ñ O L A E N L A O P E R A CI Ó N LI B ER T A D D U R A D E R A
El Estado español participó tanto directa como indirectamente en la operación Libertad Duradera. La participación directa se realizó entre octubre de 2001 y julio de 2004, con una contribución máxima a un mismo tiempo de 548 soldados. La participación consistió en un hospital de campaña en Bagram con cuarenta y dos soldados de la Unidad Médica de Apoyo al Despliegue, varios aviones de transporte C-130 (Hércules) y cuatro helicópteros; también se enviaron al océano índico occidental dos fragatas y un buque de aprovisionamiento así como un avión P-3 Orión de patrulla marítima74 .
La participación indirecta en la operación Libertad Duradera se produjo al permitir la entrada de treinta y ocho buques en la base naval militar de Rota y la escala de más de 480 aviones de EEUU en las bases españolas de Morón (Sevilla) y Rota durante la fase de ataques aéreos sobre Afganistán75. Esta participación se produjo en el marco del Convenio sobre Cooperación para la Defensa que mantiene con EE.UU. Según este convenio, EE.UU. puede utilizar el territorio, el mar territorial y el espacio aéreo españoles, así como la Base Aérea de Morón y la Base Naval de Rota.
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71 Javier A. GONZÁLEZ VEGA: 2001, 260, señala: la destrucción el 8 de octubre de 2001 de las oficinas de la agencia para el desminado, los bombardeos de establecimientos sanitarios y Kabul y Herat a finales de 2001 que causaron más de un centenar de víctimas civiles, o la permisividad, si no connivencia, en la masacre de prisioneros talibanes en el presidio cercano a Mazar-i-Sharif. Araceli MANGAS MARTÍN: 2005, 346, también señala que en la toma de Mazar-i-Sharif se ejecutaron a cientos de talibanes sin previo juicio. 72 Cfr. Javier A. GONZÁLEZ VEGA: 2001, 260; Araceli MANGAS MARTÍN: 2005, 345-346; y Antonio Francisco FERNÁNDEZ TOMÁS: 2001, 211. 73 José Antonio PASTOR RIDRUEJO: 2007, 739. 74 Véase Alejandro PIZARROSO QUINTERO: 2005, 346 y Alejandro POZO: 2007, 55. El gobierno español también puso a disposición de EEUU distintas unidades militares, ofrecimiento que fue rechazado. 75 Alejandro PIZARROSO QUINTERO: 2005, 346. En su comparecencia ante el Congreso de los Diputados de 18 de octubre de 2001, el entonces presidente José María Aznar López informó que se había autorizado a EEUU el uso de las instalaciones de apoyo de Rota y Morón y se había otorgado un permiso general de sobrevuelos (véase el Diario de Sesiones del Congreso de los Diputados de 18 de octubre de 2001. Pleno y Diputación Permanente. VII Legislatura, núm. 112, págs. 5425 y 5427).
http://www.centredelas.org/images/stories/informes/Informe_Operaciones_Militares_Exterior_RICIP.pdf